En el marco de las investigaciones llevadas a cabo en el caso del supuesto abuso sexual del que resultó víctima un niño de siete años, alumno de un colegio de Lambaré, la agente del Ministerio Público presentó acusación contra la directora de la institución educativa, Carolina Urbieta, por frustración a la persecución penal y violación del deber de cuidado o educación, informaron ayer fuentes de la Fiscalía.
También por este último hecho punible fueron acusadas las docentes Gabriela Santiviado y Olga María Fretes, además de la violación de la Ley N° 6.202/2019 “que adopta normas para la prevención del abuso sexual y la atención integrar de los niños, niñas y adolescentes víctimas del abuso sexual”.
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Según la acusación, hay elementos que indican que la víctima habría afrontado situaciones de acoso dentro del colegio hasta que el 26 de abril del presente año se concretó el abuso sexual. “Por tanto, se presume que la acusadas omitieron la aplicación de guías y protocolos existentes en dicha ley.”, señala el escrito
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Docentes imputadas no denunciaron el hecho
La investigación señala también que quedó demostrado que las afectadas no realizaron ninguna acción para cumplir el mandato legal “de cuidar y proteger al niño”, cuando que las mismas tenían la capacidad de conocer y realizar la acción ausente.
“A su vez, la conducta de las docentes se adecua a lo que establece el Art. 7 de la Ley N° 6.202/2019, que es la obligación de denunciar ante las autoridades administrativas o judiciales dentro de las 48 horas siguientes al conocimiento del hecho. Estas instituciones son el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), la CODENI y el Ministerio Público”, refiere la acusación.
También se demostró durante la pesquisa que el 4 de mayo de 2022, la acusada Carolina Urbieta realizó un informe a la Supervisión Pedagógica del MEC en el que se refiere al acoso, no así al abuso sexual sufrido por la víctima, cuando ella ya estaba en conocimiento de los hechos, menciona la Fiscalía.
“En ese sentido, se pudo probar la ausencia de una acción concreta de parte de las procesadas, destinada a cumplir con la obligación compuesta por la norma, pese a que tenían toda la capacidad de realizar la denuncia correspondiente”, indica parte de la acusación.