Fretes decidirá si analiza o no casación de Cárdenas contra condena de 8 años

El ministro Antonio Fretes debe decidir si acepta o no integrar la Sala Penal de la Corte para analizar la casación que planteó el exintendente de Lambaré Roberto Cárdenas, en la condena de 8 años de prisión en una de los casos de lesión de confianza y actividades peligrosas en la construcción, por realizar edificaciones deficientes.

Dr. Antonio Fretes, decidirá si acepta integrar la Sala Penal.Archivo, ABC Color
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El recurso extraordinario de casación que promovió el exintendente lambareño Roberto Cárdenas debe ser analizado por la Sala Penal de la Corte, luego de que la Cámara de Apelaciones de Central confirmara su sentencia de 8 años de prisión por haber causado un perjuicio de unos G. 859 millones utilizados para la construcción y remodelación de unas 15 aulas de cuatro colegios de Lambaré, que resultaron tener una deficiente edificación.

Sin embargo, tras al planteamiento de la casación, el ministro miembro de la Sala Penal Manuel Dejesús Ramírez Candia, el 7 de octubre de 2022, se había inhibido de analizar la causa N° 2804-15-2 caratulada: “Roberto Cárdenas y otros s/ lesión de confianza y actividades peligrosas en la construcción”. Resulta que uno de los miembros del Tribunal de Sentencia que condenó al exintendente lambareño es la jueza Yolanda Morel, esposa del ministro Ramírez Candia.

La primera opción, siguiendo los pasos procedimentales para sustituir al ministro inhibido Ramírez Candia, es buscar un miembro en la Sala Constitucional. Es así que el pedido para integrar la Sala Penal recayó en primer lugar en el ministro Antonio Fretes, (presidente de la Sala Constitucional), quien debe decidir si acepta o no integrar el colegiado de la Sala Penal.

En caso de que el ministro Fretes no acepte, el pedido debe dirigirse a los demás miembros de esta sala, que es integrada además por los ministros César Diesel y Víctor Ríos.

La condena a Justo Cárdenas

Roberto Cárdenas Ramírez, exintendente lambareño condenado por varios hechos de corrupción pública.

El 23 de diciembre de 2021, el Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos, integrado por las juezas Yolanda Portillo (presidente), Yolanda Morel y Elsa García, condenó al exintendente de la ciudad de Lambaré Roberto Cárdenas Ramírez a 8 años de pena privativa de libertad, por los hechos de lesión de confianza y actividades peligrosas en la construcción.

También fue sentenciado en el juicio oral a 6 años de cárcel el exdirector de Administración y Finanzas del municipio lambareño Guido Fernando Salcedo, como autor de lesión de confianza y cómplice del delito de actividades peligrosas en la construcción.

De igual manera, fueron penados con 3 años de prisión el encargado de la Dirección de Obras del municipio lambareño Carlos María Mendieta Candia y el titular de la empresa ADC Construcciones, Alejandrino Duarte Centurión, cuya firma fue la que se encargó de las obras en cuatro instituciones educativas.

Las pruebas producidas en el juicio oral por los fiscales Luis Said, Carina Sánchez y Teresita Torres, demostraron, según el Tribunal de Sentencia, que los condenados ocasionaron al municipio lambareño un daño patrimonial de G. 859.155.192, mediante la construcción de obras, remodelación y ampliación, realizadas con dinero del Fonacide en 15 instituciones educativas de la ciudad, entre noviembre de 2012 y diciembre de 2013.

Otras condenas

Roberto Cárdenas recibió otras tres condenas por corrupción pública, sin embargo, en una de ellas (pena de 4 años de cárcel) fue “blanqueado” por la Cámara de Apelaciones y ratificado por la Sala Constitucional al rechazar “in límine” una acción de inconstitucionalidad que promovió el Ministerio Público contra la decisión del Tribunal de Alzada. Fue por la utilización irregular de fondos del Fonacide por G. 266 millones que destinarse para mejoras en el Colegio de Lambaré.

Cárdenas también tiene una condena de 2 años de prisión por usurpación de funciones públicas, por haber firmado en el 2015 un contrato para la provisión de almuerzo escolar por un poco más de G. 3.000 millones, cuando ya no era intendente de Lambaré. En este caso, el juez penal de sentencia Julio López debe remitir el expediente de usurpación de funciones públicas al juzgado de ejecución penal para el cumplimiento efectivo de la pena en una penitenciaría. Así lo había dispuesto un Tribunal de Apelaciones de Central.

Cárdenas asimismo tiene otra condena de 2 años de prisión por lesión de confianza por haber desviado fondos de royalties y de pavimentación por más de G. 5.000 millones. El tribunal de sentencia integrado con los jueces Alicia Orrego, Blas Imas y Lilian Flores, fue el que le impuso la pena indulgente al exintendente. Imas había votado, incluso, por la absolución.

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