Censo 2022: Ningún delivery está habilitado para trabajar el miércoles 9 de noviembre

Este miércoles 9 de noviembre, día feriado por el Censo Nacional, sólo podrán realizar sus actividades laborales quienes estén exceptuados de la prohibición de circulación, por lo tanto, los trabajadores que realizan entregas a domicilio podrán retomar sus actividades desde las 18:00.

Imagen de referencia. Archivo.Shutterstock
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Los trabajadores en el servicio de delivery no se encuentran entre las actividades exceptuadas para este miércoles 9 de noviembre, por lo tanto, no podrán circular entre las 05:00 y las 18:00.

Los ciudadanos deberán prever abastecimiento de agua, gas y medicamentos, entre otros. En el caso de las farmacias sólo estarán habilitadas las que se encuentren en un radio de 100 metros al rededor de hospitales y sanatorios, sin servicio de entrega a domicilio.

También estará suspendido en todo el territorio nacional, la circulación de medios de transporte de personas y cargas, con excepción de los que se encuentren al servicio del Censo, así como el tránsito internacional y los relacionados a servicios de seguridad, asistencia médica pública y privada.

Actividades que quedarán exceptuadas de la prohibición de circulación

  • Autoridades nacionales, departamentales, municipales, autoridades diplomáticas y representantes de organismos internacionales para el ejercicio de sus funciones impostergables, funcionarios del sector público y privado para la prestación de servicios imprescindibles; servicios de salud públicos y privados, servicios de mantenimiento preventivo y de urgencia de equipos médicos y hospitalarios, personal de salud, Fuerzas Militares y Policiales, actividad migratoria, servicio meteorológico, bomberos y control de tráfico aéreo, que se encuentren en servicio activo esa fecha.
  • Personas que deban asistir a otras con discapacidad y adultos mayores.
  • Trabajadores de medios de comunicación para la prestación de sus servicios.
  • Personas afectadas a las actividades propias del censo.
  • Mantenimiento de servicios básicos (agua, electricidad, comunicaciones), y de emergencias.
  • Actividades que el Banco Central del Paraguay disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema bancario y financiero.
  • Cadena Logística (puertos, buques fluviales, líneas marítimas).
  • Servicios funerarios.
  • Farmacias ubicadas en las adyacencias de los hospitales públicos y sanatorios privados, hasta una distancia máxima de 100 metros, funcionarán bajo sistema de guardia con la cantidad mínima de funcionarios.
  • Participantes en Seminarios y/o Congresos Internacionales programados con anticipación a la promulgación de la Ley 6987/2022.
  • Trabajadores imprescindibles para el funcionamiento de Hoteles que cuenten con clientes hospedados en esa fecha. Estos huéspedes serán censados bajo la modalidad de viviendas colectivas.
  • Actividades de telecomunicaciones, internet fijo y móvil, servicios digitales y “call center”.
  • Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

Las personas afectadas a las mencionadas actividades y servicios deberán portar sus respectivas acreditaciones, como carnet, certificados, constancias o permisos que los certifique como tales.

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