La Ley N° 6506, del 25 de marzo del 2020, modifica la Ley N° 5415/2015 Que crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam) y dicta que los municipios no deben expedir registros de conducir a padres deudores de prestación alimentaria a sus hijos.
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Específicamente, en el artículo 9 de la mencionada Ley se habla sobre los alcances del Certificado de Antecedentes de Deudores Alimentarios Morosos y exige que para “acceder a los siguientes procedimientos y trámites será necesaria su presentación”.
En el inciso a del artículo 9 la ley dicta que para la obtención de las licencias de conducir se deberá presentar dicho certificado, caso contrario no podrán obtener los documentos.
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Concejala pide a Nenecho que haga cumplir ley
Al respecto, la concejala Fiorella Forestieri (PLRA) indicó que la Municipalidad de Asunción es responsable de garantizar el acceso a las políticas públicas para toda la población, en especial para los niños, niñas y adolescentes. Solicitó mediante una minuta, en la sesión pasada de la Junta Municipal, que la Intendencia dé cumplimiento a la ley. Su pedido fue aprobado por el pleno.
Desde el pasado 28 de setiembre se encuentra habilitado el registro de deudores en la página web de la Corte Suprema de Justicia, específicamente en el link: https://gestiones.csj.gov.py/redam/consultaDocumentoExterno.seam
La Corte expide el certificado y lo provee a las entidades o personas que así lo requieran de manera gratuita, a través del sitio de internet. Para acceder a la página se solicitan únicamente los datos de la Cédula de Identidad paraguaya.
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Las autoridades aclararon que el Redam constituye un mecanismo de control del cumplimiento del deber legal alimentario y en su lista figuran aquellos que están en mora a partir de tres o más cuotas ya sean sucesivas o alternadas.
Registros de conducir dependen de Opaci
Por su parte, el director de Tránsito, Fernando Machuca, explicó que para la emisión de licencias de conducir hay un regulador, que es la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, creada por la Ley 5016/14 “Nacional de Tránsito y Seguridad vial”. Dijo que esta institución es la que debe elaborar un protocolo.
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Agregó que la Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal (Opaci) es la que maneja la base de datos. “Los municipios, lo que hacemos es imprimir las licencias. Los datos y autorización para esa impresión los da Opaci. En ese proceso los municipios no entramos sino hasta el momento que nos bloquean la impresión”, comentó.
Pretenden integrar datos de padres morosos
El 24 de octubre pasado, se realizó una reunión entre el director general de la Opaci, Nelson Peralta, el director del Registro Nacional de Licencias de Conducir y Antecedentes de Tránsito, Robby Maciel, y la representante del Poder Judicial, directora interina de Estadística Judicial, Norma Garrigoza. La propuesta de la Opaci fue la de buscar integrar los datos del Redam con el Sistema de Control y Expedición de Licencias de conducir. De esta manera, los datos se cruzarán de forma automática.
¿Quién es un deudor alimentario?
La Ley N° 6506 del 25 de marzo del 2020 y que modifica a la Ley N° 5415/2015 Que crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam), en su art. 2°, expresa lo siguiente:
- Se entiende por “deudor alimentario moroso a la persona responsable del cumplimiento de una obligación alimentaria derivada de una resolución, sentencia firme de fijación de la asistencia alimentaria o acuerdo judicialmente homologado, que incurriere en mora en el pago de tres o más cuotas sucesivas o alternadas”.
- El deudor alimentario moroso será declarado como tal por el Juez competente, previo proceso sumario, iniciado a instancia de parte interesada.