El juez penal de garantías Yoan Paul López fijó para el próximo 19 de octubre a las 10:00 para sustanciar la audiencia preliminar en la causa de supuesto prevaricato que enfrenta la exjueza en lo civil y comercial Tania Irún, por haber entregado más de 310.000 hectáreas de tierras ubicadas en zona de seguridad fronteriza, a cuatro empresas constituidas en paraísos fiscales.
La fiscala Natalia Fúster al contestar el traslado del abogado Rodrigo González Planás, defensor de la exjueza Tania Rosa Carolina Irún Ayala, solicitó al juzgado que se rechace el planteamiento de sobreseimiento definitivo. La agente del Ministerio Público alegó que aún hay diligencias pendientes de realización y que por ello resulta prematuro resolver sobre el pedido de sobreseimiento definitivo.
El Ministerio Público solicitó cooperaciones internacionales a las autoridades de las Islas Vírgenes Británicas y de la República de Chipre, pidiendo información acerca de las empresas que fueron las accionantes en el juicio civil en cuestión, informes que a la fecha aún no han sido contestados en su totalidad, por lo que la Fiscalía no puede negar la existencia del hecho punible investigado, alegó.
No obstante, el Ministerio Público en su pedido de sobreseimiento provisional señala que conforme a los requisitos establecidos en la Ley N° 2532/05 de Seguridad Fronteriza, la jueza debía tener conocimiento a fin de confirmar o descartar lo establecido en esta normativa, ya que los inmuebles que son objeto del juicio, se encuentran ubicados en la zona de seguridad fronteriza.
Tal afirmación lo realizó la Fiscalía de acuerdo a las constancias que obran en el cuaderno de investigación fiscal y el expediente civil; basados en los informes del Ministerio de Defensa Nacional, la Comisión Interinstitucional de Zona de Seguridad Fronteriza, la Secretaría Nacional de Catastro y la Dirección General de Registros Públicos.
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Querella acusó y pidió juicio oral para Tania Irún
El abogado Osvaldo Bittar, en representación de la Asociación Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial, en su condición de querellante adhesivo en la causa N° 72/2020 “Tania Carolina Rosa Irún Ayala s/ prevaricato”, presentó el lunes 3 de octubre, acusación y requirió la elevación del caso a juicio oral y público.
El prevaricato se constató porque en contra de lo que dispone la ley “favoreció o perjudicó a una de las partes “. En este caso las firmas beneficiadas por la exjueza son Cusabo Limited, Kyveloria Limited, Elite Kingdom Investment Limited y Firstar Investment Limited, y, como parte perjudicada la Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial.
Para la querella la actuación dolosa de la exmagistrada se resume en las siguientes actuaciones:
- La misma poseía un permiso de maternidad, que abarcaba desde el 24 de Setiembre de 2018 al 27 de enero de 201,9, por un plazo de seis meses;
- A pedido de la misma, el permiso fue dejado sin efecto en fecha 23 de Noviembre de 2023, misma fecha del dictado de la cuestionada sentencia judicial S.D. N° 494 de fecha 23 de Noviembre de 2018;
- La sentencia ya estaba siendo elaborada desde el 20 de Noviembre de 2018, siendo formateada con el usuario de la funcionaria Liz Karol Cáceres Candia, y en fecha 23 de Noviembre de 2018, la sentencia fue levantada al sistema Judisotf ya con el usuario de la hoy acusada, pero siempre desde el computador de la funcionaria Liz Karol Cáceres Candia, quien finalizó la actuación;
- Ha tenido por probado que los inmuebles objetos del litigio se encontraban en la zona de seguridad fronteriza, pero sin embargo no ha corroborado, porque no tenía forma de hacerlo, la identidad y nacionalidad de los accionistas de las cuatro firmas actoras de la demanda, mintiendo alevosamente sobre dicha situación al afirmar en el considerando de la sentencia haberlo hecho, violando así el Artículo 2° de la Ley N° 2532/05 ‘De Seguridad Fronteriza de la República’;
- Ha omitido hacer mención alguna acerca de las características de las acciones que conforman las cuatro firmas actoras de la demanda, apartándose así mismo de las exigencias taxativas que impone el Artículo 4° de la Ley N° 2532/05 ‘De Seguridad Fronteriza de la República”;
- No observó el Artículo 8° de la Ley N° 2532/05 ‘De Seguridad Fronteriza de la República”, ya que le impone el deber de hacer en conjunto con otros funcionarios y notarios públicos, estos dos últimos sin intervención hasta el momento.
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Antecedentes del caso
En su imputación, Fúster sostiene que la sentencia de la exjueza Irún violó la Ley especial Nº 2532/05 “Que establece la Zona de Seguridad Fronteriza de la República del Paraguay”, artículos 1º; 2º; 4º y 8º, al conceder unas 310.000 hectáreas de tierras ubicadas en zona de seguridad fronteriza a las firmas Cusabo Limited, Kyveloria Limited, Firstar Investments y Elite Kingdom Investments.
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La agente de la Unidad contra Delitos Económicos y Anticorrupción detalla que el 23 de noviembre de 2018 Tania Irún, entonces jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Décimo Quinto Turno de la Capital, dictó la Sentencia Definitiva N° 494, en el marco del juicio caratulado “Cusabo Limited y otros c/ Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial s/ cumplimiento de contrato y obligación de hacer escritura pública”.
Mediante este fallo la magistrada resolvió hacer lugar a la demanda de cumplimiento de contrato y obligación de hacer escritura pública promovida por las firmas Cusabo Limited, Kyveloria Limited, Firstar Investments y Elite Kingdom Investments contra la Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial (secta Moon).
En consecuencia intimó a la demandada a otorgar la escritura pública traslativa de dominio de unos 24 inmuebles ubicados en el departamento de Alto Paraguay consistentes en 310.000 hectáreas aproximadamente, a favor de las firmas accionantes mencionadas.
JEM descartó juicio a camaristas que ratificaron fallo de Irún
Irún presentó una acción de inconstitucionalidad contra la resolución por la cual el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados la destituyó por mayoría, la cual es actualmente objeto de estudio en la Corte Suprema de Justicia.
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Recientemente el JEM rechazó enjuiciar a los miembros del Tribunal de Apelación en lo civil y comercial que ratificaron íntegramente la sentencia de Irún, los magistrados Miguel Angel Rodas, Antonia López de Gómez y