Confirman a tribunal para juzgar a exministros del MAG por presunto desvío millonario

La Cámara de Apelaciones rechazó la recusación planteada por el exministro de Agricultura y Ganadería Enzo Cardozo y confirmó a los jueces que integran el Tribunal de Sentencia en la causa por supuesta lesión de confianza y estafa, que ocasionó un perjuicio de casi G. 68.000 millones al MAG. El juicio continúa este viernes, a las 8:30.

Enzo Cardozo, exministro de Agricultura y Ganadería, y el defensor público Carlos Arce Letelier, en una de las jornadas del juicio oral.Diego Peralbo
audima

El Tribunal de Apelación Penal de la Adolescencia de la Capital, integrado por los camaristas Andrea Vera Aldana, Gustavo Auadre Canela y Enrique Mercado Rotela, resolvió no hacer lugar a la recusación que presentó el lunes último el actual parlasuriano y exministro del MAG Enzo Cardozo en contra de los jueces Elsa García, Héctor Escobar y Gloria Hermosa.

La recusación fue planteada luego que el colegiado, por unanimidad, rechazara el incidente de prescripción simple de la presente causa penal por supuesta lesión de confianza y estafa, que plantearon las defensas de Cardozo, el también exministro del MAG Rody Adán Godoy y la exdirectora de Administración y Finanzas Maristela Azuaga.

“Este tribunal ha violado el principio de imparcialidad porque la presidenta (Elsa García), de manera unilateral, resolvió adelantar el inicio de este juicio oral, que en principio estaba fijado para el 8 de noviembre, y no le dio a mi abogado Carlos Arce (defensor) la posibilidad de conocer a fondo el expediente para preparar la defensa”, había argumentado Cardozo.

Los jueces Gloria Hermosa (izq.), Elsa García, como presidenta; y Héctor Fabián Escobar, fueron confirmados en el Tribunal de Sentencia.

Tras ser notificado de la decisión del tribunal de alzada, el colegiado de sentencia programó la continuidad del juicio oral para este viernes 30, a las 8:30. En dicha audiencia el fiscal Rodrigo Estigarribia y las defensas presentarán sus alegatos iniciales.

Exministros del MAG afrontan proceso desde el 2013

La fiscala Claudia Criscioni (actual jueza de sentencia) inició la investigación contra los citados al formular su imputación el 27 de diciembre de 2013, por lesión de confianza. Luego, el 6 de marzo de 2014 llevó a cabo la ampliación de la misma, por los hechos punibles de estafa, lavado de dinero, apropiación y producción de documentos no auténticos.

El 6 de septiembre de 2014 los fiscales Martín Cabrera y Aldo Cantero presentaron acusación en la causa, contra un total de 21 personas involucradas en el esquema de desvío de dinero del Ministerio de Agricultura y Ganadería.

Sin embargo, la audiencia preliminar para Cardozo, Godoy y Azuaga pudo ser concretada por el juez penal de garantías Gustavo Amarilla recién en abril de 2021, es decir, casi siete años después de presentada la acusación, debido a las chicanas presentadas por los acusados, que dilataron la realización de la diligencia previa al juicio oral.

Cuatro condenados en el primer juicio

Un total de 36 personas fueron procesadas por el desvío de los G. 68.265.418.419 que debieron destinar a productores frutihortícolas de 188 comités de todo el país en los años 2011 y 2012. Sin embargo, solo 21 han sido acusadas y varias accedieron a salidas alternativas.

Tanto los exministros de Agricultura y Ganadería Enzo Cardozo y Rody Godoy como la exdirectora de Administración y Finanzas Maristela Azuaga integraban la nómina de los acusados por lesión de confianza, estafa y otros delitos, pero los tres lograron mantenerse al margen del proceso gracias a las innumerables chicanas.

El primer juicio por este caso se hizo en el 2017 y concluyó con la condena de cuatro dirigentes de la Federación Nacional de Productores Frutihortícolas del Paraguay (Fenaprofhp) a 7 a 11 años de cárcel.

El Tribunal de Sentencia presidido por María Luz Martínez dio por comprobado el ilícito y condenó por estafa a Silvio César Riveros, Lidio Irala, Ignacio Acuña y Luis Piccardo, presidente, vicepresidente, tesorero y contador de la Fenaprofhp, respectivamente, a penas de 11, 9, 9 y 7 años de cárcel, en ese orden.

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