Nuevas disposiciones de Dimabel sobre tenencia de armas generan disputa

La Dirección de Material Bélico (Dimabel) emitió una serie de nuevas disposiciones administrativas sobre la forma en la que deben tramitar los permisos quienes deseen comprar armas de fuego. Entre otros puntos, los compradores deberán acudir personalmente hasta la oficina militar en Asunción para realizar los trámites. Esto generó críticas por parte de comerciantes, mientras que los militares hablan de seguridad nacional.

Miembros de la Cámara de Comerciantes de Armas de Fuego del Paraguay manifestaron su preocupación por una nueva resolución de la Dimabel. Aseguran que las nuevas manifestaciones favorecerán al mercado negro.
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Comerciantes dicen que se fomentaría la informalidad

Miembros de la Cámara de Comerciantes de Armas de Fuego del Paraguay manifestaron su preocupación por una nueva resolución de la Dirección de Material Bélico (Dimabel) para el registro y permiso de tenencia de armas de fuego. Según dicen, con la nueva disposición se estaría fomentando la informalidad.

La Dirección de Material Bélico (Dimabel) emitió el 16 de setiembre último el comunicado número 06/22 mediante el cual se informa a todas las personas físicas y jurídicas, comerciantes y usuarios en general, que a partir de la fecha los trámites a ser realizados en el Registro Nacional de Armas, relacionado a la presentación de solicitudes de registro y permiso de tenencia de armas de fuego (inscripción/caución juratoria), será imprescindible la presentación del titular solicitante, que deberá estar munido de su documento de identidad pertinente. Asimismo el carnet de tenencia solamente podrá ser retirado por el titular solicitante, agrega el documento.

Sobre estas nuevas disposiciones, la Cámara de Comerciantes de Armas de Fuego del Paraguay exteriorizó su preocupación porque, según dijeron, se incurría en una excesiva burocracia para los interesados en adquirir un arma de fuego para su defensa personal. Afirmaron que desde la Dimabel defienden este sistema diciendo que se reducirá la inseguridad; sin embargo, lo que se fomentará es la informalidad porque la gente recurrirá al mercado negro buscando facilidad para acceder a un arma, expresaron.

Según los comerciantes, con esta resolución una persona debe presentarse un día para comenzar el trámite, luego personalmente debe estar detrás de la gestión y por último, después de días, debe regresar para retirar su carnet. Demandará varios días y por ejemplo para un interesado que viene del interior del país a Asunción representará mucho tiempo porque la Dimabel no tiene habilitado otras sedes para cumplir con el trámite, señalaron.

Militares aseguran que es por “seguridad nacional”

Gral. Div. Aldo Ozuna, titular de la Dimabel

Desde la Dimabel, en tanto, no quisieron dar su versión sobre el tema. Se limitaron a decir que el comunicado es bien claro y solo se busca sacar de circulación a los denominados “gestores”.

En concreto, desde la institución encabezada por el Gral. Aldo Ozuna, señalaron que saben que el trámite podría durar cinco días o incluso más, pero alegaron que la situación es de cuidado “por la seguridad nacional”.

Además, se limitaron a reenviar un escueto comunicado con respecto a las disposiciones administrativas nuevas.

El documento señala lo siguiente:

“Conforme Opinión de la Direccion de Material Bélico, de conformidad a la Ley 4036/2010 es la Institución Competente a los efectos de reglar el Régimen precautelado por la Norma, en este sentido se expidió el COMUNICADO N° 06/22 de fecha 19 de setiembre de 2022, de la Direccion de Material Bélico (DIMABEL), donde expresa que todo ciudadano ya sea persona física o jurídica (en este último del representante legal de la empresa), para registrar Armas de Fuego en las Condiciones de INSCRIPCIÓN, RENOVACIÓN, CAUCIÓN JURATORIA Y TRANSFERENCIA, deberá realizar personalmente los trámites ANTE EL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS para la expedición del PERMISO DE TENENCIA, presentando su cedula de identidad a fin de corroborar las documentaciones”

“El procedimiento a ser implementado consiste en que una vez adquirido el arma de las Casas Comerciales, el comprador deberá iniciar su gestión en el Registro Nacional de Armas, para la obtención de su Registro de Tenencia, obtenido el referido documento procederá a retirar el arma adquirida de las casas Comerciales (la solicitud será de carácter personal)”, agrega.

El comunicado finaliza señalando que el régimen de compra y expedición del correspondiente permiso es en cumplimiento al Artículo 1º de la Ley Nº 4.036/2010 “De Armas de Fuego; sus piezas y componentes, municiones, explosivos, accesorios y afines”.

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