Usurero Ramón González Daher y un nuevo juicio, esta vez por supuesto testimonio falso

El usurero luqueño Ramón González Daher, quien actualmente cumple su condena a 15 años de cárcel por usura grave y otros delitos, se sentará nuevamente en el banquillo de los acusados. Un Juzgado de Garantías elevó a juicio oral y público la causa que afronta el exdirigente de fútbol por presunto testimonio falso.

Ramón González Daher llegó esposado a tribunales para su audiencia preliminar ante el juez Raúl Florentín.ARCENIO ACUÑA 13-09-2022
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El juez de Garantías Raúl Florentín hizo lugar al pedido de la fiscala María Alejandra Savorgnan y elevó a juicio oral la causa penal por presunto testimonio falso que se le sigue a Ramón González Daher, condenado a 15 años de cárcel por usura grave, lavado de dinero y denuncia falsa.

La defensa del procesado planteó en la audiencia preliminar la aplicación del criterio de oportunidad, fundado en el artículo 19 del Código Procesal Penal, específicamente lo establecido en el inciso 1°, que habla de la insignificancia del hecho, que no genera el interés del Ministerio Público.

Sin embargo, la fiscala María Alejandra Savorgnan se opuso a la salida procesal planteada por la defensa. El magistrado atendió la postura de la agente del Ministerio Público, con el fundamento de que la aplicación del criterio de oportunidad debe contar con la anuencia de la fiscalía.

Por otro lado, Florentín resolvió revocar las medidas alternativas a la prisión que tenía en esta causa Ramón González Daher y decretó la prisión preventiva del procesado, teniendo en cuenta que no cumplió con la fianza real ofrecida por la defensa en la audiencia de imposición de medidas.

RGD habría mentido sobre su salida de la APF

El 27 de mayo de 2021, en el marco del juicio oral y público realizado en la causa N° 108/2019, caratulada “José Alberto Medina Sagalés s/ calumnia, difamación en injuria”, Ramón Mario González Daher prestó declaración en calidad de testigo, propuesto por el acusado José Medina Sagalés, ante el Tribunal Unipersonal de Sentencia N° 30 de la capital, a cargo de la jueza María Fernanda García de Zúñiga.

Conforme a lo asentado en el acta, RGD aseguró que renunció a la Asociación Paraguaya de Fútbol (APF) en el año 2019. “Yo renuncié a la Asociación en el año 2019; cuando Harrison estaba como presidente, yo ya no estaba como vicepresidente”, afirmó el testigo, según resalta la imputación.

Cuando la querella le preguntó a González Daher cuál fue el motivo de su salida de la Asociación Paraguaya de Fútbol, respondió: “Fui denunciado ante la Confederación Sudamericana de Fútbol, que de ahí pasa a la Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA), y para que no continúe el pleito tuve que renunciar como vicepresidente de la APF”.

RGD agregó que existía una animadversión en su contra por parte de la Confederación Sudamericana de Fútbol y que no se le hizo llegar notificación alguna de la decisión tomada, creyendo él que fue por su renuncia a la APF.

Sin embargo, tanto la Asociación Paraguaya de Fútbol como la Confederación Sudamericana de Fútbol han remitido a la unidad de la fiscala Savorgnan el legajo relacionado a Ramón Mario González Daher en que se puede advertir que el mismo no fue denunciado ante la Confederación Sudamericana de Fútbol, que su salida no se debió a una renuncia voluntaria alegada por su parte, sino que ha sido sometido a un examen de idoneidad e integridad, a solicitud de la Asociación Paraguaya de Fútbol.

En atención a normas estatutarias que incluyen disposiciones en la Confederación Sudamericana de Fútbol y la Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA) se debía hacer la evaluación para integrar la Comisión Directiva de la Asociación Paraguaya de Fútbol, dándose su salida por haber reprobado dicha prueba.

En consecuencia, se resolvió su inhabilitación para ocupar el cargo de vicepresidente de la Asociación Paraguaya de Fútbol y de esa decisión fue debidamente notificado en fecha 22 de diciembre de 2017, según refiere la acusación del Ministerio Público.

Se expone hasta a 10 años de cárcel

La Fiscalía calificó la conducta de González Daher según la prevista en el artículo 242, Testimonio falso, inc. 1 de acuerdo al Art. 29 (autor), inc. 1° del Código Penal.

Dicha norma legal establece que “el que formulara un testimonio falso ante un tribunal u otro ente facultado para recibir testimonio jurado o su equivalente será castigado con pena privativa de libertad de hasta diez años”.

Ramón González Daher cumplirá mañana su primera semana en la Penitenciaría Nacional de Tacumbú, donde ingresó el miércoles de la semana pasada junto con su hijo Fernando González Karjallo para cumplir sus condenas a 15 años de cárcel por usura, lavado de dinero y denuncia falsa, y a 5 años de prisión por lavado de activos, en ese orden.

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