Precandidatos siguen violando ley electoral

LUQUE. Nuevamente el Juzgado Electoral del departamento Central eliminó varias propagandas electorales extemporáneas en Luque. Este municipio ni siquiera previó ningún tipo de sanción para el infractor, pero si está permitido pintarrajear toda la ciudad. La propaganda electoral debe iniciar recién el 16 de noviembre, de cara a las internas partidarias que se realizarán el 18 de diciembre.

Nueve municipios del departamento Central no previeron en el año 2020 “ningún tipo de sanción.
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En la fecha funcionarios del Juzgado Electoral de Central procedieron a la eliminación de varias propagandas electorales extemporáneas en la compañía Maka´i, inmediación de la Municipalidad de Luque y en el barrio Bella Vista de este distrito.

El magistrado Modesto Núñez explicó que según el artículo 290 del Código Electoral, se puede hacer propaganda electoral en la vía pública, pero 30 días antes de las elecciones de las internas partidarias y hasta 60 días antes de las elecciones generales.

Agregó además que el 18 de diciembre se llevarán a cabo las internas partidarias y que por lo tanto la propaganda electoral debe iniciar recién el 16 de noviembre y culminar el 15 de diciembre de este año. También dijo que respecto a las elecciones generales que serán en abril de 2023, la propaganda electoral debe comenzar el 27 el febrero y podrá extenderse hasta el 27 de abril.

Núñez, manifestó también que nueve municipios del departamento Central no previeron en el año 2020 “ningún tipo de sanción que castigue la propaganda electoral extemporánea”.

Entre los distritos que no prevén castigo alguno a la violación de la ley electoral, se encuentra una de las ciudades más pobladas de Central, que es Luque, que tiene aproximadamente unos 450.000 habitantes. El actual intendente es el colorado Carlos Echeverría (cartista). Sin embargo, la Junta Municipal aprobó en ese mismo año, empapelar o pintar toda la ciudad promoviendo las candidaturas.

“Las demás ciudades implementan multas de entre 1 y hasta 2.700 jornales mínimos, es decir, el infractor puede pagar desde casi G. 100.000 incluso hasta la suma de G. 264 millones aproximadamente”, refirió el juez electoral.

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