Sala Penal confirma sentencia de 5 años para médico, pero Sala Constitucional da trámite a su acción

Mientras la Sala Penal rechazó el recurso de casación que promovió el médico uruguayo Miguel Ángel Cabarcos Vieyto, condenado a 5 años de prisión por homicidio culposo, la Sala Constitucional dio trámite a la acción de inconstitucionalidad que promovió el profesional, con lo que podría haber fallos contradictorios en caso de que se haga lugar a la acción.

Miguel Cabarcos Vieyto, médico condenado por mala praxis.Rosendo Duarte
audima

Por Auto Interlocutorio Nº 1191 del 23 de agosto de 2022, la Sala Constitucional de la Corte dio trámite a la acción de inconstitucionalidad promovida por el médico Miguel Ángel Cabarcos Vieyto, por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, en contra de la Sentencia Definitiva Nº 311 de fecha 24 de mayo de 2021, dictada por el Tribunal Colegiado de San Lorenzo, condenó al galeno a 5 años de prisión por el hecho punible de homicidio culposo, y del Acuerdo y Sentencia Nº 56 de fecha 27 de abril de 2022, dictado por el Tribunal de Apelaciones en lo Penal, Primera Sala, de la Circunscripción Judicial Central, que ratificó el fallo de primera instancia.

Dieron trámite a la acción de inconstitucionalidad los ministros de la Sala Constitucional Antonio Fretes, César Diesel y Víctor Ríos.

Sin embargo, en el expediente judicial caratulado “Miguel Ángel Cabarcos Vieyto s/ homicidio culposo”, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia dictó el Acuerdo y Sentencia N° 291 del 3 de agosto de 2022 por el cual declaró inadmisible el recurso extraordinario de casación interpuesto por el Abg. Arsenio Centurión, representación del procesado Cabarcos Vieyto, contra el Acuerdo y Sentencia Nº 56, de fecha 27 de abril de 2022, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Penal, Primera Sala, de la circunscripción Judicial de Central.

Con la inadmisibilidad declarada por la Sala Penal de la Corte, la sentencia condenatoria de 5 años de prisión recaída para el galeno debería quedar firme, pero la resoli+ución de la sala constitucional deja “en el aire” ete fallo

Declararon inadmisible la casación de los ministros Manuel Dejesús Ramírez Candia, María Carolina Llanes y Luis María Benítez Riera.

Fallos contradictorios de la Corte en el caso del médico

En caso de que la Sala Constitucional haga lugar a la acción de inconstitucionalidad que promovió el médico Cabarcos Vieyto, podrían producirse fallos contradictorios con la Sala Penal, porque para esta sala el caso ya quedó firme al declarar la inadmisibilidad del recurso extraordinario de casación.

El médico y sus antecedentes

Miguel Ángel Cabarcos Vieyto (71) es doctor en medicina de nacionalidad uruguaya que reside en Fernando de la Mora. El profesional se encontraba prófugo de la justicia luego de haber incurrido en un caso de mala praxis en la que resultó víctima un meno de edad..

Se había decretado una orden de captura en el marco de la causa de homicidio culposo, que fue firmada por el juez penal de sentencia Julio César Granada y fue detenido en agosto de 2020 en Coronel Oviedo. El galeno enfrentó un juicio oral y público debido a la muerte por negligencia, según las denuncias, de un niño de 4 años ocurrida durante una intervención quirúrgica (operación de amígdalas) el 13 de junio de 2016 en el sanatorio Santo Domingo de Curuguaty.

El 24 de mayo de 2021, Cabarcos Vieyto fue condenado a 5 años de prisión al ser hallado culpable de la mala praxis. El Tribunal de Sentencia estuvo integrado por los jueces de San Lorenzo Julio César Granada, Leticia de Gásperi y Gloria Garay.

Posteriormente, el médico apeló el fallo condenatorio, pero la Cámara de Apelaciones de San Lorenzo, integrada con los camaristas Fabricio Villalba (primer opinante), María Teresa González de Daniel y Lourdes Cardozo, ratificó la sentencia de primera instancia por Acuerdo y Sentencia Nº 56 de fecha 27 de abril de 2022.

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