La defensa técnica del condenado exlegislador colorado Víctor Alcides Bogado González presentó al Juzgado de Ejecución a cargo de la jueza Sandra Silveira, las constancias de que cumplió, luego de innumerables chicanas, con el pago de G. 480 millones que formó parte del requisito para no cumplir 1 año en la cárcel, lo que se denomina suspensión a prueba de la ejecución de la condena. El exsenador, asimismo, solicitó que la ampliación del periodo de prueba de un año más que se le había sido concedido por la jueza Silveira, y que debía computarse desde el 9 de diciembre de 2022 al 9 de diciembre de 2023, quede sin efecto.
Esta extensión del periodo de prueba fue ordenado por la jueza Silveira, del juzgado Especializado en Crimen Organizado y Delitos Económicos, por AI N° 889 del 15 de junio de 2022.
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De igual manera, Bogado requirió al juzgado la extinción de la pena por el cumplimiento de las obligaciones de realizar las donaciones impuestas en la sentencia condenatoria N° 128 del 3 de mayo de 2019 y se estableció el periodo de prueba por el plazo de 2 años, bajo reglas y condiciones.
La causa está caratulada “Gabriela Quintana Venialgo, Víctor Bogado y Miguel Ángel Pérez y otros s/cobro indebido de honorarios y estafa” N° 1-1-2-37, Año 2013.
Fiscalía se opone a extinguir pena
La fiscala de Ejecución Celia Beckelmann, luego de recibir el pedido del exlegislador, emitió el Dictamen N° 115 del 19 de agosto de 2022, por el cual reconoce que el condenado Víctor Bogado ha acreditado el pago de G. 480 millones a las entidades de beneficencia ordenado en la SD N° 128 del 3 de mayo de 2019 por el tribunal de sentencia, en el cual se le condenó a 1 año de prisión y se estableció el periodo de prueba de 2 años. Sin embargo, sostiene la agente fiscal que es criterio de la represente de la sociedad que debe mantenerse lo dispuesto en el AI N° 889 del 15 de junio de 2022, emanado der la jueza Sandra Silveira, por el cual extiende el periodo de prueba hasta el 9 de diciembre de 2023, como había sido solicitado también por Bogado, en su momento.
Ahora la jueza Sandra Silveira debe resolver el pedido de extinción de la pena realizado por Bogado, y la oposición de la agente fiscal Celia Beckelmann.
Las entidades de beneficencia
Estas son las 10 entidades de beneficencia al que la justicia obligó a Víctor Bogado a realizar donaciones por G. 480 millones:
1) Asociación de Ayuda al Hogar de Ancianos Santa María de Encarnación.
2) Asociación Hijas de la Caridad de San Vicente de Paul.
3) Asociación Síndrome Down del Paraguay (ASIDOWN)
4) Centro de Apoyo a Personas con Discapacidad.
5) Fundación Sagrada Familia
6) Fundación San Joaquín y Santa Ana (hogar de ancianos).
7) Fundación Auxilio de los Cristianos (albergue transitorio).
8) Hogar de Ancianas Nuestra Señora de la Asunción.
9) Asociación de Padres Nuestros Niños de la Unidad de Hematooncología (Hospital de Clínicas).
10) Hogar de Ancianos Santo Domingo.
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“Niñera de oro” cumplió obligación
Con relación a la “niñera de oro” Gabriela Quintana Venialgo, según las constancias del expediente, la misma ya cumplió en julio de 2021 con las obligaciones impuestas por el Tribunal de Sentencia al momento de ser condenada a 1 año y 6 meses de prisión, con suspensión de la ejecución de la pena a prueba, por el plazo de dos años. Quintana ya devolvió los G. 71.683.460 que percibió irregularmente como salario de Itaipú, así como los G. 34.579.994 que recibió como indemnización por despido injustificado”. También donó G. 2 millones a la Cruz Roja, durante dos años.
Antecedentes
El 3 de mayo de 2019, luego de siete jornadas de juicio oral y público, los jueces Elio Ovelar, Juan Carlos Zárate, con el voto en disidencia de Víctor Medina, condenaron al entonces senador Víctor Bogado a un año de prisión, y a Gabriela Quintana, a un año y medio, en ambos casos con suspensión a prueba de la ejecución de la pena, al encontrarlos culpables del hecho punible de cobro indebido de honorarios.
Mientras tanto, Miguel Pérez fue absuelto debido a que hubo dudas con relación a su participación en el caso.
Los fiscales René Fernández y Liliana Alcaraz, al momento de presentar sus alegatos finales, relataron cómo se dio la contratación de la “niñera de oro” en la Itaipú Binacional e indicaron que se cometieron los hechos punibles de cobro indebido de honorarios y estafa (ya que en ese momento percibía sueldo en Diputados), por lo que solicitaron una pena de prisión de cuatro años para Víctor Bogado y para Gabriela Quintana, mientras que para Miguel Pérez se pidió un año y medio de cárcel.
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Sin embargo, en la tramitación del juicio oral los jueces señalaron que, según la acusación fiscal y las pruebas producidas, se demostraron que efectivamente Víctor Bogado (entonces presidente de la Cámara de Diputados) realizó tráfico de influencias para que su funcionaria Gabriela Quintana fuera contratada en la Itaipú.
También se pudo comprobar que bajo engaños Quintana firmó un contrato con Itaipú, el cual no iba a poder cumplir, pero a decir de los magistrados no se reunieron todos los requisitos para poder probar el delito de estafa.
Las defensas de los condenados tomaron como una victoria la leve pena. El senador I gual Víctor Bogado apeló el fallo de culpabilidad ya que argumento se siente inocente.
El 24 de setiembre de 2019, la Cámara de Apelaciones, por unanimidad, confirmó la condena de Bogado, quien debe pagar la suma de G. 480 millones a 10 entidades de beneficencia.
El 15 de octubre de 2019, la Sala Penal de la Corte, integrada por los ministros Manuel Ramírez Candia y Miryam Peña, y el camarista Gustavo Santander, rechazó las casaciones de los condenados con lo que la sentencia quedó firme.