Por Auto Interlocutorio N° 688 del 2 de agosto de 2022, la jueza penal de garantías Alicia Pedrozo Berni decretó el sobreseimiento definitivo de los procesados Carlos Pinto Apostolaqui y Lucas Uziel Vera Duarte, quienes eran empleados de la casa de cambio del presunto narcotraficante Reinaldo “Cucho” Cabaña. Ambos estuvieron procesados por lavado de dinero (Art. 196 del Código Penal) y el Art. 42 (asociación criminal) de la Ley 1340/88 “Que reprime el tráfico de drogas”.
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De igual manera, por Auto Interlocutorio N° 687 del 2 de agosto de 2022, fueron beneficiadas con el sobreseimiento definitivo las imputadas Naila Fernanda Ramírez Lozano y Natalia Lucia Lombo Vergara (ambas colombianas), imputadas por el artículo 292.- Frustración de la persecución y ejecución penal y Artículo 196.- Lavado de dinero. Ambas fueron procesadas como parte del esquema criminal de lavado de dinero, narcotráfico y asociación criminal que lideraba supuestamente “Cucho” Cabaña.
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El Ministerio Público, por Requerimiento Fiscal N° 188 de fecha 13 de Setiembre de 2.019, solicitó para los cuatro imputados el sobreseimiento definitivo.
Pedido de sobreseimiento de la Fiscalía
Por Acta N° 28 del 7 de setiembre de 2017, el entonces fiscal Hugo Volpe, interino de la Unidad Especializada contra el Narcotráfico N° 6 formuló imputación contra Carlos Higinio Pinto Apostolaqui y Lucas Uziel Vera Duarte, por los hechos punibles de lavado de dinero y asociación criminal, según lo previsto en la ley que reprime el narcotráfico, ambos en calidad de autores. También fueron incluidas en el proceso penal Naila Fernanda Ramírez Lozano y Natalia Lucia Lombo Vergara.
El 13 de setiembre de 2019, por Requerimiento fiscal N° 188, el fiscal Ysaac Ferreira Villamayor, Asignado a la Unidad Especializada en la Lucha contra el Narcotráfico, requirió el sobreseimiento definitivo a favor de Carlos Higinio Pinto Apostolaqui, Lucas Uziel Vera Duarte, Naila Fernanda Ramírez Lozano y Natalia Lucia Lombo Vergara, ante la imposibilidad de probar de manera cierta la participación de todos ellos en los hechos punibles imputados.
El representante del Ministerio Público agregó que de acuerdo a las investigaciones se encuentra ante una duda insuperable, que no podrá ser revertida con la continuación de la pesquisa. En este contexto, se debe mencionar que el Código Procesal Penal, prevé en su artículo 359 que ‘corresponderá el sobreseimiento definitivo 1) cuando resulte evidente que e hecho no existió, que no constituye hecho punible o que el imputado no ha participado, y 2) cuando, a pesar de la falta de certeza, no exista razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos de prueba y sea imposible requerir fundadamente la apertura a juicio..”.
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Argumentación del juzgado para conceder el sobreseimiento
El juzgado penal de garantías a cargo de la jueza Alicia Pedrozo Berni, concedió el sobreseimiento definitivo para los cuatro empleados que trabajaban supuestamente en la casa de cambios perteneciente a “Cucho” Cabaña.
La jueza sostuvo que la Fiscalía argumentó para pedir el sobreseimiento definitivo que ha recolectado los elemento probatorios resultantes de la investigación y evidentemente, la información colectada ha permitido que el caso haya involucionado, dicho en otros términos, sus elementos de prueba son insuficientes para fundar una acusación y no existe posibilidad de introducir otros elementos probatorios. La hipótesis fáctica debe ubicar el caso en el plano de la ejecución, debe ser fiel al reflejo de lo acontecido y apoyarse en soportes probatorios idóneos que se tendrá en cuenta al momento de presentar el requerimiento conclusivo referente a determinados institutos.
También agregó, que siendo el Ministerio Público el responsable de la investigación, de acuerdo al Art. 280 del Código Procesal Penal, lo obliga a investigar no solamente las circunstancias de cargo sino también las de descargo del imputado, debiendo actuar en todo momento con criterio objetivo.
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Preliminar para Cucho
La audiencia preliminar para el supuesto traficante de drogas Reinaldo Javier “Cucho” Cabaña Santacruz, el diputado colorado Ulises Quintana y otros veintidós acusados en la causa Berilo, será entre el 9 y 11 de agosto, según resolvió la jueza Alicia Pedrozo.
Cucho está acusado de supuesta comercialización y tráfico internacional de drogas, así como presunta asociación criminal, todos en calidad de autor. Por su parte el legislador colorado soporta cargos por lavado de dinero y asociación criminal de la ley de antidrogas.
Tras la acusación que presentó el fiscal adjunto antidrogas Marco Alcaraz, el pasado 14 de mayo, el Juzgado de Garantías fijó el inicio de la preliminar para el pasado 7 de junio, pero la diligencia no pudo arrancar debido a que la defensa de Cucho presentó una apelación general, en la que alegó que el agente no estaba habilitado para presentar el requerimiento conclusivo.
El diputado Ulises Quintana criticó la labor del Ministerio Público y ratificó nuevamente que este proceso en su contra es una “persecución política”. Dijo ser el más interesado en realizar la diligencia.
El caso
La causa penal se inició el 7 de setiembre de 2018 en Ciudad del Este en el marco de la Operación “Berilo” llevada adelante por la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad) junto con los fiscales Marco Alcaraz (adjunto antidrogas), Lorena Ledesma, Carlos Alcaraz, Zully Figueredo, Elva Cáceres, Ysaac Ferreira, Manuel Rojas y Ariel González.
Entre otros lugares, fueron allanadas una casa de cambios y varias residencias, como la del barrio Boquerón 2, donde fue apresado el señalado como líder del grupo criminal Reinaldo Javier Cabaña Santacruz, alias Cucho, de 33 años de edad.
También fueron detenidos su mujer, Gloria Rossana López Ramírez (33); el hermano menor de Cucho, Marcelo Ricardo Cabaña Santacruz (26); y su principal “socio”, Hugo Martín Ríos (38).
Igualmente, fueron aprehendidos Carlos Higinio Pinto Apostolaqui (48), Lucas Uziel Vera Duarte (20), quien supuestamente trabajaban para Cucho Cabaña, en su casa de cambios, y Yisela Noemí Ramírez (26).
En otra de las casas intervenidas, en el barrio Remansito, fueron encontrados 21 kilos de cocaína.
El recuento de las incautaciones incluye un caudal en efectivo de 300.000 dólares, 130.000 reales y 60.000.000 de guaraníes, además de 12 vehículos de lujo, una motocicleta Ducati, armas, municiones, documentos, etc.
Posteriormente fue procesado el diputado colorado Ulises Quintana.