El juez penal de garantías Yoan Paúl López Samudio fijó para este miércoles 27 de julio a las 11:00 la audiencia para sustanciar el pedido de prórroga ordinaria que solicitó el fiscal Francisco Cabrera, para presentar su requerimiento conclusivo en la causa en la que está imputada la exjueza en lo civil y comercial Tania Irún, en el proceso que enfrenta por supuesto prevaricato.
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La prórroga solicitada por el fiscal Francisco Cabrera es por 2 meses más, es decir, hasta el 31 de setiembre de 2022. El plazo para presentar el requerimiento conclusivo fue fijado por el juzgado para el 31 de julio del presente año.
El fiscal Cabrera en su requerimiento de prórroga justificó ante el juzgado indicando que aún quedan pendientes de contestación diligencias imprescindibles y tendientes al esclarecimiento dl hecho punible investigado, como ser informaciones que han sido solicitadas por el Ministerio Público a través de 3 pedidos de asistencia jurídica internacional entre las que se encuentran:
1) Requerimiento fiscal N° 65 de fecha 3 de mayo de 2022 dirigido a las autoridades de las Islas Vírgenes Británicas,
2) complementación del requerimiento fiscal N° 65 de fecha 29 de octubre de 2021 dirigido a las autoridades de la República de Chipre, y
3) ampliación del requerimiento fiscal N° 65 de fecha 29 de octubre de 2021 dirigido a las autoridades de la República de Chipre.
El agente fiscal Cabrera asimismo indica que se encuentran pendientes de resolución el recurso de apelación en subsidio en contra de la providencia del 4 de abril de 2022 (admisión del acta de imputación) planteado por el Abog. Rodrigo González Planás, por la defensa técnica de la Abog. Tania Carolina Irún Ayala, y por otra parte, el recurso de apelación en subsidio en contra de la providencia del 4 de abril de 2022 (reposición del plazo para presentación del requerimiento conclusivo) planteado por el Ministerio Público, ambos recursos fueron presentados el 11 de abril de 2022.
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Imputación contra Irún por prevaricato
Según la imputación presentada por la fiscala Natalia Fúster la sentencia de la exjueza Tania Irún Ayala violó la Ley especial Nº 2532/05 “Que establece la Zona de Seguridad Fronteriza de la República del Paraguay”, artículos 1º; 2º; 4º y 8º, al conceder unas 310.000 hectáreas de tierras ubicadas en zona de seguridad fronteriza a las firmas Cusabo Limited, Kyveloria Limited, Firstar Investments y Elite Kingdom Investments.
La agente de la Unidad contra Delitos Económicos y Anticorrupción detalló en la imputación que el 23 de noviembre de 2018 Irún Ayala, entonces jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Décimo Quinto Turno de la Capital, dictó la Sentencia Definitiva N° 494, en el marco del juicio caratulado “Cusabo Limited y otros c/ Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial s/ cumplimiento de contrato y obligación de hacer escritura pública”.
Mediante este fallo la magistrada resolvió hacer lugar a la demanda de cumplimiento de contrato y obligación de hacer escritura pública promovida por las firmas Cusabo Limited, Kyveloria Limited, Firstar Investments y Elite Kingdom Investments contra la Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial (secta Moon) y en consecuencia intimó a la demandada a otorgar la escritura pública traslativa de dominio de unos 24 inmuebles ubicados en el departamento de Alto Paraguay consistentes en 310.000 hectáreas aproximadamente, a favor de las firmas accionantes mencionadas.
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Código Procesal Penal sobre la prórroga
Artículo 325. Prórroga ordinaria. Si no ha transcurrido el plazo máximo de la etapa preparatoria y el Ministerio Público necesita de una prórroga para acusar, podrá solicitarla, por única vez, al juez, quien resolverá previa audiencia al imputado.
Código Penal sobre prevaricato
Artículo 305.- Prevaricato 1º El juez, árbitro u otro funcionario que, teniendo a su cargo la dirección o decisión de algún asunto jurídico, resolviera violando el derecho para favorecer o perjudicar a una de las partes, será, castigado con pena privativa de libertad de dos a cinco años. 2º En los casos especialmente graves la pena privativa de libertad podrá ser aumentada hasta diez años.