La profesora de Derechos Humanos Alejandra Peralta de Merlo explicó en un hilo de Twitter cuáles son las situaciones lícitas en las que un local de concurrencia pública puede hacer uso del “derecho de admisión”.
Aclaró, primeramente, que este derecho no puede invocarse para denegar ingreso o impedir la permanencia en un establecimiento público, o privado de acceso público, si los motivos son de raza, sexo, color de piel, religión, talle, forma de vestir, orientación sexual, ideología política, discapacidad, tatuaje, melena, o cualquier otra causa que implique un trato desigual, arbitrario y discriminatorio.
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La experta en derechos humanos explica también en un video que en los locales privados abiertos al público, que usan el derecho de admisión de manera arbitraria e ilimitada, se da una confrontación con derechos fundamentales y humanos.
Distingue dos tipos de locales privados: aquellos de uso privado y los abiertos al público. En los locales privados, como -por ejemplo- una casa, uno puede decidir quién ingresa o no libremente; el derecho de admisión es absoluto y solo mediante una orden judicial de ingreso o allanamiento a la vivienda, la voluntad del propietario cede.
Sin embargo, cuando se trata de locales privados abiertos al público, el derecho de admisión ya no es ilimitado y se rige por los principios constitucionales de la no discriminación. Esto quiere decir que para restringir el ingreso, no se puede utilizar conceptos o indicadores que entrañen alguna cuestión discriminatoria: color de piel, forma de vestir, nacionalidad, condición social, etc.
Casos donde sí aplica el derecho a admisión
Por otro lado, la doctora en Derecho aclara que en los casos en que se busque salvaguardar la seguridad de las personas, proteger a los niños o interfiera con la naturaleza propia de la actividad del local, sí se aplica el derecho a admisión.
Cita por ejemplo el caso de la prohibición de personas con armas de fuego. En el caso de protección de los niños, cita el caso de los casinos o prostíbulos, considerando que el derecho de niños y niñas es prevaleciente.
Y con respecto a la naturaleza propia del local, menciona el caso de la restricción de personas fumando a un hospital o el ingreso de una persona con un parlante a una biblioteca. Estas acciones de personas interfieren con el fin que tiene el local al que ingresa.
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Falta de ley contra todo tipo de discriminación
La abogada agrega: “para proteger tus derechos no olvides siempre pasar la situación particular por el filtro de dignidad y la no discriminación”, además de recordar que una ley contra toda forma de discriminación nos va a beneficiar a todos/as.
Así también, indica que mientras no exista una ley contra toda forma de discriminación, no queda otra vía más allá que la civil para expedirse sobre los casos en que los dueños de locales abiertos al público cometan arbitrariedades bajo la premisa del “derecho de admisión”.
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Dos reclamos en redes sociales
Esta semana, se viralizaron en las redes sociales las denuncias de dos jóvenes, a quienes negaron el ingreso a locales, bajo el argumento del “derecho de admisión”.
Ambas mujeres se quejaron de que, sin dar más detalles, empleados de los restaurantes no las dejaron ingresar. Ambas se preguntaron cuáles son los criterios que rigen en lo referente al “derecho de admisión” que pueden ser aplicados y si estos se contraponen a otros derechos básicos.
Los reclamos en las redes fueron hechos por las usuarias @anapaulagalli en Twitter y @laurysdyva en Instagram.
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