A dos años de prisión, con suspensión a prueba de la ejecución de la pena, fueron condenados hoy por lesión de confianza la ex ministra de la Secretaría de Emergencia Nacional Gladys Mercedes Cardozo Zacarías, quien estuvo al frente de la institución durante del gobierno de Fernando Lugo; y su entonces director de la Unidad Operativa de Contrataciones, Aníbal María Benítez.
El Tribunal de Sentencia presidido por la jueza Rossana Maldonado e integrado por Manuel Aguirre y Blanca Gorostiaga, concluyó que en el juicio oral y público quedó probado que la conducta de los hoy condenados causó un daño patrimonial por G. 2.482.950.000 a la SEN, con la compra de víveres por contratación directa para ser enviados a tres departamentos del Chaco declarados en emergencia, entre marzo y abril del 2012.
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Los condenados deberán cumplir ciertas reglas de conducta, que según explicó la presidenta del Tribunal de Sentencia estarán detalladas en la sentencia escrita, que será entregada a las partes el próximo viernes 3 de junio, en la secretaría del Juzgado.
La suspensión de la ejecución de la pena será por dos años para la exministra de la SEN Y por tres años para el exdirector de la UOC, ya que si bien este último fue condenado por lesión de confianza en calidad de cómplice, el Tribunal de Sentencia determinó que su grado de reprochabilidad es mayor.
Tribunal rechazó prescripción de la acción que planteó la defensa
El abogado Álvaro Arias, por la defensa de la exministra, solicitó la prescripción de la acción penal, con el argumento que el último contrato se firmó el 10 de mayo de 2012, por lo que pasaron 10 años y 17 días. Es decir, superó el doble de la pena máxima establecida por el hecho punible de lesión de confianza (5 años).
Independientemente de la prescripción, el letrado expresó en sus alegatos finales que no hubo lesión de confianza de la ex ministra Gladys Cardozo, ya que en varios casos la ex ministra ni siquiera firmó los contratos y las órdenes de pago ya que estaba en el Chaco. Agregó que otros pagos ya los hizo el nuevo ministro.
Por su parte la defensora pública Cynthia Noguera pidió la absolución de culpa y reproche del exdirector de la UOC Aníbal María Benítez, alegando que su cliente no cometió el hecho punible atribuido por el fiscal Luis Piñánez.
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El Tribunal de Sentencia, por unanimidad, concluyó que no se dan los propuestos para que opere la prescripción de la acción penal, ya que no se cumplió el doble de tiempo establecido como pena máxima para el hecho punible de lesión de confianza, que es de 5 años.
La magistrada Rossana Maldonado explicó que la conducta de los acusados no terminó ni con la firma del contrato ni con la emisión de las órdenes de pago, sino el último cobro por parte de la empresa adjudicada, que se dio recién en diciembre de 2012. En consecuencia, para el colegiado la prescripción se dará recién en esa fecha.
Fiscalía pidió condenas de 3 años y medio y 5 años de cárcel
En sus alegatos finales el fiscal Luis Piñánez afirmó que el juicio oral quedó probado el hecho punible de lesión de confianza cometido por la ex ministra de la SEN Gladys Mercedes Cardozo Zacarías, y la complicidad de Aníbal María Benítez, ex director de la UOC de la institución.
En consecuencia, el agente de la Unidad contra Delitos Económicos y Anticorrupción solicitó al Tribunal de Sentencia que Cardozo sea condenada a 5 años de cárcel y Benítez a 3 años y 6 meses de pena privativa de libertad.
Este es el segundo juicio oral contra ambos acusados, ya que en un primer juzgamiento tanto Cardozo como Benítez fueron absueltos de los cargos. En ese juicio oral, los jueces Héctor Capurro, María Fernanda García de Zúñiga y Cynthia Lovera entendieron que la fiscala Victoria Acuña no probó los hechos acusados.
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Sin embargo, un Tribunal de Apelación anuló la resolución y dispuso que se realizara un nuevo juicio por el caso de lesión de confianza que ocasionó un perjuicio al Estado por G. 2.482.950.000, determinado en base a los reportes realizados por la Contraloría General de la República que realizó un análisis de los documentos proveídos por la SEN.