El abogado Osorio ayer al tener la resolución del Juzgado el AI N°315, puso a conocimiento de los agentes de la Comisaría Primera de este distrito de la libertad del ejecutivo comunal. Al respecto dijo, que no se incurrió en ningún hecho irregular.
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La defensa de intendente, manifestó que ante la burocracia existente en las instituciones judiciales el solo se limitó a comunicar, que su defendido no puede cargar con la falta de diligencia de la administración pública.
Agregó que la libertad es un derecho constitucional y la falta de comunicación de la resolución por omisión por parte del Juzgado, no puede ser obstáculo para gozarla, más teniendo ya a mano la resolución auténtica y veraz.
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Manifestó que no sabe si desde ayer ya salió de su vivienda el intendente, pero aún si fuere así, ya tenía en su poder una resolución judicial que le ampara, que ya puede circular libremente por todo el territorio nacional, sin ningún inconveniente alguno.
El abogado Osorio explicó que ejerció la defensa del intendente Simbrón Pinto, porque el viernes pasado el juez José Agustín Delmás a través del A.I. N° 308/2022, había revocado la medida de libertad ambulatoria que tenía su defendido, porque no presentó en tiempo y forma el informe de condición de dominio de la caución real que se le fijó de G.150 millones.
El intendente está imputado por el fiscal Jorge Arce Rolandi, por lesión de confianza, junto al ex intendente de Nueva Colombia (Cordillera), Nelson López (ANR), cuya gestión fue objetada desde el 2011 -2015.
En su informe final la Contraloría General de la República (CGR) mencionó que habría indicios de hechos punibles de supuesto “perjuicio patrimonial que supera los G.1.100 millones”, de los recursos de royalties en perjuicio de la comuna de Nueva Colombia.
El juez Otazú, quien interina en la causa del juez Delmás, impuso medidas alternativas a la prisión preventiva, otorgándole libertad ambulatoria. Simbrón Pinto está obligado a comparecer del 1 al 5 de cada mes, tiene prohibición de salir del país, sin autorización del juzgado, prohibición de cambiar el domicilio denunciado en autos, sin previa autorización del Juzgado.
Además, tiene la obligación de comparecer a la Audiencia Preliminar a ser substanciada en fecha 07 de Junio y la caución real del inmueble propiedad de Inocencio Rodas Figueredo hasta cubrir la suma de G.150 millones. Asimismo, el juzgado trabó embargo preventivo sobre el inmueble en cuestión inscripto en el registro general de la propiedad, ubicado en el distrito de Paraguarí.