La propuesta aprobada reglamenta el artículo 266, inciso B de la Constitución Nacional que establece la posibilidad de que grupo de ciudadanos presenten una Ley para ser estudiada en el Congreso.
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Ya había una reglamentación estipulada en el artículo 273 del Código Electoral, pero esta establecía que se requerían las firmas equivalente al 2% del padrón nacional, el doble de lo que se estableció con esta modificación.
En el caso de que el Ejecutivo promulgue, se requerirá el 1%, lo cual también es similar a lo que establecen otros países de la región, como Brasil (1%), Argentina (1,5%), México (0,13%) y Perú (0,3%), según argumentó el diputado Sebastián Villarejo (PPQ).
Si bien dijo no estar en contra de la iniciativa, el diputado Walter Harms (ANR, cartista) menospreció la figura de la iniciativa popular, tratando de llevar agua al molino de los políticos, planteando que sería más fácil que el ciudadano haga “lobby” ante ellos por proyectos de su interés.
“Para seguir con este ‘vyrorei’ propongo que sea modificado y que se requiera el 0,10% del padrón para que tengamos la posibilidad de tener proyectos presentados por iniciativa popular”, dijo casi a modo de burla el diputado Harms.
Incluso, finalmente consideró que “esto va a sumar al montón de leyes que simplemente son un cúmulo de leyes inaplicables en la República del Paraguay”.
Casi en el mismo sentido de apelar a que todo para por ellos, Eusebio Alvarenga (PLRA) dijo que “cualquier proyecto que afecte a un sector determinado es canalizado por un diputado/a” y que la iniciativa popular no se usa.