La legisladora hará su descargo ante una comisión integrada en su mayoría por cartistas, donde también integra la querellante.
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Según Amarilla, acudirá a la comisión no para hacer ningún descargo sobre sus dichos o sobre la querella, sino para explicarles por qué no corresponde el desafuero conforme a la Constitución.
“Qué mejor que esa comisión para que se entienda por qué no corresponde. Lógicamente suponiendo que todos los miembros de esa comisión son abogados y podremos hablar de igual a igual”, había manifestado la diputada por Capital.
El 31 de marzo pasado, la diputada Amarilla apeló su pedido de desafuero. La misma parlamentaria recordó al magistrado Darío Báez el artículo 191 de la Constitución Nacional sobre la inmunidad de palabra que tiene un legislador en el ejercicio de sus funciones.
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Esta acción deberá ser estudiada por un Tribunal de Apelaciones, que es el que deberá resolver si anula o no la decisión del juez penal.
<b>Debate</b>
Sobre la pertinencia o no del pleno de resolver o no el pedido de desafuero, para una mayoría cartista corresponde. Sin embargo, para el abogado Jorge Vasconsellos, el pedido de desafuero debe ser devuelto al juez porque obró incorrectamente al formar causa contra un legislador por delitos de palabra o expresión.