Arresto domiciliario para dueño de Clínica La Veró

La jueza penal de garantías Clara Ruiz Díaz decretó el arresto domiciliario del médico Aurelio Espínola Caballero, propietario de la Clínica La Veró, en un proceso por homicidio culposo. Este es el segundo proceso que afronta el galeno por la muerte de un paciente.

Jueza penal de garantías Clara Ruiz Díaz.
audima

Este nuevo proceso contra el Dr. Aurelio Espínola Caballero, propietario de la Clínica La Veró se abrió a partir de la imputación por homicidio culposo presentada por la fiscala Stella Mary Cano y tiene relación con la muerte del paciente Rodrigo Humberto Benítez Barriocanal, ocurrida el año pasado.

En la audiencia realizada ante la magistrada Clara Ruiz Díaz, el abogado Rafael Gorostiaga solicitó la aplicación de medidas alternativas a la prisión, tras argumentar que a su criterio, no existe peligro de fuga ni de obstrucción a la investigación.

“Mi cliente es médico de profesión, reside con su familia en la ciudad de Asunción como así también trabaja en distintos Hospitales y Sanatorios tanto en la Capital como en el interior del País. Por lo que el mismo tiene suficiente arraigo. Por lo que el peligro de fuga no existe” , alegó Gorostiaga.

“El inciso 1ro. del citado artículo (242 Código) exige la existencia de elementos de convicción suficientes sobre la existencia de un hecho punible, en tal sentido se hallan acreditados los elementos de convicción provisorios que dieron origen primeramente a la investigación fiscal y la posterior formulación de imputación por la agente fiscal interviniente Abog. Stella Mary Cano, y del cual surgen indicios serios de la supuesta participación del hoy encausado en la comisión de un hecho punible investigado, que requieren la intervención e investigación del Ministerio Público, que fuera comunicado a esta Judicatura mediante el requerimiento respectivo”, explica la jueza, al referirse al caso.

Paciente recibió ozonoterapia rectal en clínica

La imputación refiere que el 17 de marzo del 2021, Benítez Barriocanal ingresó a la clínica La Veró, propiedad de Aurelio Espínola, ubicada en Herrera 933, con fiebre alta y otros síntomas de covid-19.

En la misma clínica ya se encontraba internada la madre de Benítez, Miguela Carmen Barriocanal, por el mismo motivo.

A pesar del deterioro del cuadro del paciente, el 25 de marzo Espínola inició el tratamiento de la terapia de ozono rectal, el cual se extendió hasta el 29 del mismo mes.

Ante el agravamiento de la salud de Benítez, el 1 de abril Espínola comunicó a la familia la necesidad de intubarlo, motivo por el cual se lo trasladó al Hospital Nacional de Itauguá, donde falleció el 6 del mismo mes.

Acusación en proceso por muerte de Nicora

En febrero pasado, el fiscal Giovanni Grisetti acusó y pidió juicio oral y público para Aurelio Espínola por la muerte del exdiputado liberal Fernando Nicora, quien estuvo internado en La Vero en los días previos a su muerte, acaecida el 22 de agosto del 2020.

La acusación da cuenta de que en la noche del 19 de agosto de 2020, Nicora ingresó a La Veró, con fiebre alta y otros síntomas de covid-19. Por indicación del mismo Espínola, el paciente quedó internado y recibió tratamientos alternativos indicados por el galeno, quien pese a la insistencia de la esposa de Nicora, la magistrada Sonia Deleón, se negó a realizar prueba del covid porque, a su criterio, el paciente tenía un “cuadro bacteriano”.

“(...) el Dr. Espínola descartó verbalmente sin haber seguido el protocolo para pacientes con afecciones respiratorias ni las indicaciones médicas para casos de covid-19, omitiendo seguir el protocolo médico para diagnóstico y tratamiento, alegando que no eran necesarios, mencionando nuevamente conocer el cuadro que presentaba su paciente Fernando Nicora y que en su caso ya la estaba medicando como si tuviera covid-19 (...)”, señala la acusación.

Ante el agravamiento del estado de salud de Nicora, su esposa providenció su traslado al sanatorio La Costa, donde ingresó el 22 del mismo mes, pero falleció.

Junta médica contradictoria, descartada

Tras descartar el resultado en mayoría de la junta médica, debido a graves falencias que desmeritaron su conclusión -favorable a Espínola- el fiscal Grisetti acusó y pidió juicio oral para el galeno. Integraron la junta los doctores Pedro R. Mareco, Alder Mendoza, Isidro Ariel Insfrán, María Benítez y Clara María Antúnez Ramírez. Esta última profesional presentó su dictamen en forma independiente, por disentir del parecer de la mayoría.

Llamó la atención a postura del Dr. Mareco, médico forense del Ministerio Público, quien en un dictamen anterior había advertido graves irregularidades en la atención a Nicora, pero al integrar la junta se adhirió a la postura de la mayoría en sentido contrario.

“(...) para esta Fiscalía, la misma (la conclusión de la junta médica) no se puede tomar como elemento de valoración de cargo por la falta de rigorismo científico a más de la incoherencia que presenta dicho informe específicamente en la mayoría de sus puntos, al manifestar que en agosto del 2020 (fecha del hecho) aún no existía un protocolo de tratamiento oficial por parte del MSPyBS, ante esta respuesta esta Fiscalía cuenta con los protocolos de atención y recomendaciones que estaban vigentes remitidos por Nota DAJ N° 115/2021, por el Centro de Operaciones de Emergencias, a través del memorandum COE N° 120/2021 de 2 de febrero del 2021, que hace referencia a los protocolos a fojas 151 al 155 de la carpeta fiscal y Anexo 1; protocolos -guías relacionados con la enfermedad del Covid 19. de fojas 1 al 100″, explica Grisetti.

“Otro de los puntos periciales de la Junta Médica realizada que no condicen con la realidad es en la cual responden que con los tratamientos alternativos e integrativos (ozonoterapia endovenosa, vitamina C, plata coloidal, etc) realizados por el Dr. Aurelio, no se demostró que haya desmejorado la salud del paciente Fernando Nicora. En ese sentido, decimos que no coincide con la realidad, ya que con tratamientos administrados por el médico fue empeorando. no mejoró con la atención, al contrario derivó en la muerte del señor Nicora en el sanatorio La Costa, debido a que se tuvo que hacer un tratamiento adecuado precoz”, agrega el fiscal, al explicar los motivos que lo llevaron a descartar el resultado de la junta médica en mayoría.

Disconforme con la decisión del fiscal Grisetti, la defensa de Espínola recusó al representante del Ministerio Público.

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