De acuerdo a lo expresado, por la magistrada, Lici Sánchez al no haber ley o decreto que sancione, ya no tiene sentido que existan imputaciones para los que vayan contra a lo que establecían estas normativas sobre una emergencia sanitaria. Agregó que aquella aplicación de sanciones por violar una ley del medio ambiente queda sin efecto.
En contrapartida, María Esther Roa, abogada e imputada por violación de la cuarentena, dijo que la jueza Sánchez se expresó de esa manera porque le conviene para justificarse.
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Roa había sido declarada absuelta tras un juicio en primera instancia, que se produjo en setiembre del año pasado por violación de la cuarentena sanitaria. Luego su caso fue al Tribunal de Apelaciones, en una segunda instancia.
Sostiene que tanto su causa como la de al menos 13.600 personas no tiene razón de ser, por no figurar como delito en el Código Procesal Penal. Confiesa, que le hubiera gustado que la Cámara de Apelaciones se expida diciendo que no existe asidero legal, y también sobre el fondo de la cuestión en su proceso.
Además, denunció que los imputados por esta violación debieron pagar al Ministerio Público y al Poder Judicial para salvarse del proceso penal.
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