El asalto que dio origen al proceso ocurrió en la tarde del 14 de mayo de 2018 y resultaron condenados por este hecho Antonio lsmael Palma e lgnacio Ramón Domínguez Velázquez, a 18 y 16 años de penitenciaría, en ese orden. Esta sentencia fue ratificada por los magistrados Arnaldo Fleitas, Emiliano Rolón y Arnulfo Arias, quienes integran el Tribunal de Apelación en lo penal, cuarta sala.
El fallo condenatorio fue dictado en un juicio oral y público que concluyó el 2 de diciembre del 2021, el Tribunal de Sentencia presidido por Víctor Alfieri e integrado por María Luz Martínez y Elio Ovelar declaró a ambos acusados culpables de los hechos punibles de robo agravado con resultado de muerte o lesión grave.
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La acusación relata que en la fecha indicada, alrededor de las 14:20, Palma y Domínguez irrumpieron armados en la vivienda ubicada en Dr. Montero y Dr. Mazzei y redujeron al ciudadano coreano Kwang Myuang Park, a su esposa, Mercedes Mora y, encerraron a los niños,
Los asaltantes, que según la acusación actuaron con mucha violencia, maniataron a las víctimas para luego apoderarse de G. 27 millones y de 100 dólares americanos, joyas y una billetera con documentos personales de Park.
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Vecinos de Sajonia alertaron a la Policía
Durante el atraco, Palma efectuó un disparo para intimidar a las víctimas, pero la detonación alarmó a los vecinos que, en la creencia de que se trataba de un caso de violencia familiar, dieron aviso a la Policía.
Cuando los asaltantes se disponían a abandonar la vivienda, se encontraron con agentes policiales, con los que intercambiaron disparos e hirieron a tiros a los agentes Gustavo Aquino y Ever Vera.
Domínguez fue aprehendido en el lugar, no así Palma, quien a pesar de recibir un disparo en el muslo izquierdo, logró fugarse pero fue detenido días después.
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La condena fue apelada por los abogados Daniel Garcete y Osvaldo Arrúa, quienes coincidieron en cuestionar los elementos de juicio aportados por el Ministerio Público a modo de demostrar la responsabilidad de sus defendidos, al cuestionar la declaración de testigos y otras pruebas ofrecidas.
“Sobre la identidad de los sujetos afectados a la duda que plantea la defensa, es de recordar que uno de los hoy condenados identificado como lgnacio Ramón Domínguez fue aprehendido en flagrancia en el mismo escenario lo cual hace indubitable al juicio sobre el hecho pues se realizó valoración conjunta con los otros medios probatorios. En cuanto a Antonio lsmael Palma, su vinculacíón obedecía a la investigación Policial y a las evidencias producidas en el Juicio Oral y Público. En síntesis, la regularidad procesal del juicio sobre el hecho y la reprochabilidad, resulta ostensible”, argumento el camarista Emiliano Rolón.