Por extemporáneo los camaristas Cristóbal Sánchez, José Agustín Fernández y Waldir Servín, integrantes del Tribunal de Apelaciones en lo Penal 3ª Sala, declararon inadmisible el recurso de apelación subsidiaria que plantearon los abogados Arturo Daniel y Rodrigo Yódice, por la defensa del acusado Fernando Gallardo de Brix, en contra del Auto Interlocutorio N° 186 del 8 de marzo de 2022, dictado por el juez de Garantías Miguel Palacios en la causa penal por los “tapabocas de oro”.
Mediante dicho fallo el magistrado rechazó el recurso de reposición que presentó la defensa de Gallardo de Brix para suspender la audiencia preliminar que estaba convocada para el 8 de marzo. Los abogados alegaron que la Sala Constitucional sigue sin resolver una acción de inconstitucionalidad que “podría poner fin al presente proceso penal”.
El tribunal de alzada recuerda en su fallo que el artículo 459 del Código Procesal Penal establece que “salvo cuando el recurso de reposición sea planteado en la audiencia, este se interpondrá dentro de los tres días, por escrito fundado”. Al respecto, detalla que los acusados fueron notificados de la convocatoria a audiencia preliminar el 11 de enero de 2022 y presentaron el recurso de reposición recién el 3 de marzo, es decir, fuera del plazo establecido por ley.
Con esta decisión, una vez que la Cámara de Apelaciones remita el expediente, el juez de Garantías Miguel Ángel Palacios podrá fijar nueva fecha para intentar una vez más llevar a cabo la audiencia preliminar, en la que debe resolver si eleva la causa a juicio oral como pide el Ministerio Público.
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Los acusados en la causa son el extitular de la Dinac Édgar Melgarejo, el excoordinador de Unidad Operativa de Contrataciones Marcelo Rubén Ovelar González, el exdirector del Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi Fernando Gallardo de Brix, la exgerente administrativa de la Dinac María Luz Chamorro Báez, el exdirector financiero de la institución Juan Carlos Turitich Báez y los representantes de la firma “Proyectos Global SA” Katherine Pamela Toñánez Vera y Carlos Alberto Vargas Franco.
Perjuicio en caso “tapabocas de oro” ya fue reparado, según la defensa
La acción de inconstitucionalidad fue promovida contra el fallo de la Cámara de Apelaciones que confirmó el rechazo a la excepción de falta de acción, que fue presentada contra la continuidad del presente proceso penal, alegando que el presunto daño patrimonial ocasionado a la Dinac ya fue reparado integralmente.
La defensa de Gallardo de Brix fundamenta que, según la acusación de los fiscales Sussy Riquelme y Juan Ledesma, el perjuicio causado a la Dinac oscila los G. 59 millones y que el daño ya fue reparado inclusive por un monto superior, teniendo en cuenta que devolvieron al Estado cerca de G. 120 millones, que es el monto total de la operación.
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A criterio de los abogados Rodrigo Yódice y Arturo Daniel, “ya no tiene sentido seguir con el proceso”, porque ya no se puede hablar de lesión de confianza cuando el monto del supuesto perjuicio ya fue reparado, según fundamentaron.
Primer escándalo de corrupción durante la pandemia
Los fiscales de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción (UDEA) señalan en la acusación que en la Dinac se montó un “esquema delictivo diseñado a través del uso de figuras legales con el fin de desviar fondos públicos y, de esa forma, encubrir la participación de los beneficiarios reales de las ganancias obtenidas ilícitamente”.
Según la hipótesis fiscal, Katherine Pamela Toñánez Vera y Carlos Alberto Franco Vargas, supuestos representantes de la empresa Proyectos Global SA, tenían conocimiento de antemano acerca de la operativa para ofrecer las mascarillas que ofrecía a la Dinac y completaron el circuito con su presentación de oferta, lo cual se produjo el 27 de marzo de 2020 a las 9:30 hs en oficinas de la Dinac.
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El perjuicio patrimonial estimado por la Fiscalía es de G. 119.960.000. “Las ofertas fueron realizadas y adquiridas a un precio superior al valor del mercado y además, las mismas, al momento de la adquisición, se hallaban vencidas, siendo el daño no solo económico”, destaca la acusación.
En caso de que la Sala Constitucional haga lugar a la acción planteada por la defensa de Gallardo de Brix, los acusados serán blanqueados y el primero de los escándalos de corrupción ocurridos durante la pandemia por el covid-19 quedará en el oparei.