Con voto en mayoría de los ministros María Carolina Llanes y Luis María Benítez Riera, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazó la impugnación planteada y confirmó a los magistrados Delio Vera Navarro, José Agustín Fernández y Bibiana Benítez Faría, miembros del Tribunal de Apelación en lo Penal, Segunda Sala, de la Capital, para resolver la apelación contra la extinción de la acción penal y el sobreseimiento definitivo del diputado oficialista Tomás Fidelino Rivas.
Por su parte, el ministro Manuel Dejesús Ramírez Candia votó en minoría por hacer lugar a la impugnación contra la inhibición de los camaristas Arnaldo Fleitas Ortiz, Pedro Mayor Martínez y Gustavo Santander Dans y que sean estos últimos quienes integren el tribunal de alzada para resolver el recurso planteado por el fiscal anticorrupción Luis Piñánez.
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La apelación presentada por el Ministerio Público es contra el Auto Interlocutorio 910 del 20 de diciembre de 2021, que con voto en mayoría de los jueces Héctor Capurro (presidente del tribunal) y Juan Carlos Zárate Pastor declaró la extinción de la acción penal y el sobreseimiento definitivo del diputado colorado Tomás Fidelino Rivas en el proceso por presunta estafa en el caso de sus “caseros de oro”.
La jueza de Sentencia Cándida Fleitas votó en minoría en contra del blanqueo del legislador cartista, alegando que el juicio oral y público a Rivas debía llevarse a cabo, ya que la defensa no solicitó la extinción de la acción penal, sino que sus colegas magistrados resolvieron esto de oficio.
Argumentos del blanqueo a Tomás Rivas
Tomás Rivas fue blanqueado en el proceso por presunta estafa en el caso de sus tres caseros que figuraban como funcionarios de la Cámara Baja y cobraron salarios como tales, entre julio de 2016 y febrero de 2017, por un monto que ronda los G. 45 millones.
El presidente del tribunal, Héctor Capurro, argumentó que la extinción de la acción penal se da porque “no existe perjuicio patrimonial contra la Cámara de Diputados, teniendo en cuenta que mediante un acuerdo firmado el 22 de noviembre de 2021, el acusado reparó integralmente el daño ocasionado”.
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Dicho acuerdo fue firmado por Tomás Rivas y el entonces presidente de la Cámara Baja, Pedro Alliana (ANR, cartista) y establece que el cuerpo legislativo no tiene ningún reclamo que hacer, bajo ningún concepto, al parlamentario acusado, atendiendo a que el mismo depositó la suma de G. 121.208.000 en concepto de reintegro a la Cámara de Diputados.
Capurro agregó que el propio procurador general de la República, Juan Rafael Caballero González, quien declaró ante el Tribunal de Sentencia, confirmó que el entonces titular de la Cámara de Diputados, Pedro Alliana, le comunicó el acuerdo firmado con el diputado Tomás Rivas y que el Legislativo no sufrió ningún daño patrimonial.
Fiscalía insiste en llevar a juicio oral al legislador cartista
El fiscal Luis Piñánez pide a la Cámara de Apelaciones que revoque el fallo alegando que no se dieron las condiciones para la extinción de la acción penal y el sobreseimiento definitivo del diputado Tomás Fidelino Rivas. Agregó que los jueces de sentencia “ni siquiera tienen el conocimiento real de que el dinero se pagó”.
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El agente del Ministerio Público calificó de errónea la aplicación de la Ley por no dar intervención al titular de la Acción Penal Pública, una contradicción al analizar la legitimación activa al determinar la calidad de víctima en el presente proceso, la extemporaneidad en la Extinción de la Acción Penal por reparación integral del daño causado y una contradicción en la resolución impugnada.
Según la acusación fiscal, el parlamentario colorado firmó las planillas de supuestas presencias de los funcionarios Reinaldo Chaparro, Lucio Romero Caballero y Nery Franco González, en la Cámara Baja, cuando los mismos se encontraban en la estancia del diputado, en el interior del país.