“Niñera de oro”: rechazan última chicana y Bogado debe pagar G. 480 millones

El exsenador colorado Víctor Alcides Bogado González sufrió un nuevo revés en el proceso judicial por el caso de su “niñera de oro”. Esta vez la Corte Suprema de Justicia declaro inadmisible el recurso de revisión que planteó la defensa y el exlegislador deberá cumplir la exigua condena dictada en mayo de 2019.

Víctor Bogado en el juicio oral del 3 de mayo de 2019, cuando se dictó su condena.Archivo, ABC Color
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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, integrada por el ministro Manuel Ramírez Candia y los camaristas Andrea Vera Aldana y Gustavo Santander Dans, declaró inadmisible el recurso de revisión que planteó el exsenador cartista Víctor Bogado, contra la exigua condena que debe cumplir por el caso de su “niñera de oro” Gabriela Quintana Venialgo.

Con la decisión de la máxima judicial quedan firmes la Sentencia Definitiva N° 128 del 3 de mayo de 2019, dictado por el Tribunal de Sentencia conformado por los jueces Elio Ovelar (presidente), Juan Carlos Zárate y Víctor Medina; el Acuerdo y Sentencia N° 61 del 24 de septiembre de 2021 dictado por el Tribunal de Apelación Penal, Tercera Sala; y el Acuerdo y Sentencia N° 718 dictado por la propia Sala Penal del máximo tribunal.

El fallo de primera instancia condenó a Víctor Bogado como cómplice del hecho punible de cobro indebido de honorarios, a la pena privativa de libertad de un año, con suspensión a prueba de la ejecución de la pena. La Cámara de Apelaciones y la Corte Suprema de Justicia ratificaron la sentencia.

A cambio de la suspensión de la ejecución de la condena, el exsenador colorado debe donar G. 20 millones de forma mensual, por el plazo de 2 años, a diez instituciones de beneficencia. El exparlamentario ya ha planteado múltiples chicanas para dilatar el cumplimiento de su condena.

Diez entidades benéficas recibirán los G. 480 millones

El 25 de octubre de 2013, el entonces senador colorado Víctor Bogado fue imputado por los fiscales René Fernández, Liliana Alcaraz, Claudia Criscioni y José Dos Santos por los delitos de cobro indebido de honorarios y estafa.

La imputación fue presentada luego de que saliera a la luz el caso de su “niñera de oro”, Gabriela Quintana, quien en un mismo periodo, figuraba como funcionaria de la Cámara de Diputados y de Itaipú, donde ingresó a pedido del propio Bogado.

El 24 de abril de 2014, tras meses de investigación, la Fiscalía presenta acusación por los delitos de cobro indebido de honorarios y estafa contra Bogado y Quintana, y solicita juicio oral. Recién luego de más de 4 años, debido a las innumerables chicanas de las defensas, el 2 de octubre de 2018, la jueza Penal de Garantías Rosarito Montanía elevó la causa a juicio oral y público.

El 3 de mayo de 2019, el Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Elio Ovelar, Juan C. Zárate (con votos por la condena) y Víctor Medina (voto en disidencia por la absolución), declaró culpable a Bogado por el delito de cobro indebido de honorarios y le condenó a 1 año de prisión con suspensión a prueba de la ejecución de la condena.

El 24 de setiembre de 2019, la Cámara de Apelaciones, integrada con los camaristas Pedro Mayor, Cristóbal Sánchez y Mirtha González, por unanimidad, confirmó la condena de Bogado, quien debe pagar la suma de G. 480 millones a 10 entidades de beneficencia.

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