Retención del IVA a camioneros se reduce al 30%

El Poder Ejecutivo redujo del 50% al 30% la retención del impuesto al valor agregado (IVA) incluido en el comprobante de venta que deberán realizar los exportadores, cuando se trate de adquisición de servicios de transporte de productos agrícolas.

El año pasado los camioneros habían ocupado la Costanera de Asunción durante el paro realizado para presionar por una mejora en el precio del flete.SILVIO ROJAS
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A través del Decreto N° 6.738, con fecha 9 del presente mes, se dispone una nueva reducción que, según el considerando, es atendiendo que el gobierno manifestó su acompañamiento al acuerdo arribado entre los representantes del sector de empresarios y transportistas, a los efectos de reducir, en un principio, el porcentaje de retención del IVA al 50% y de disminuirlo al 30% el 1 de enero de 2022, bajo expresa condición de la formalización del sector de transportistas.

El decreto de referencia dispone que el nuevo porcentaje de retención del IVA, entrará en vigencia a partir del 1 de marzo de 2022.

La primera reducción del 70% al 50% se efectuó mediante Decreto N° 5.584, del 30 de junio de 2021, que modifica el artículo 37 del Anexo al Decreto N° 3.107/2019 que establece las condiciones en las que deberán retener el IVA quienes estén inscriptos en el “Registro del Exportador”, al momento de adquirir bienes o servicios de proveedores domiciliados en el país.

Esta disminución forma parte del acuerdo que en mayo del año pasado habían alcanzado el gobierno, empresarios del sector agroexportador y los camioneros para levantar la manifestación que éstos últimos llevaron a cabo en reclamo de mejorar el precio del flete, aunque posteriormente llevaron a cabo un nuevo paro en agosto que también terminó con la firma de un acta de entendimiento en la sede de la Subsecretaría de Estado de Tributación.

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