BCP propone que toda transacción desde US$ 5.000 se pague por medios electrónicos

El proyecto de ley “Que promueve la transparencia e inclusión financiera” obliga a que todas las transacciones en moneda extranjera por un monto igual o superior a 15 salarios mínimos mensuales deba liquidarse a través de medios de pago electrónicos y de no ser así, sean nulas al momento de su inscripción en los registros públicos.

Proyecto de ley establece que los pagos deberán realizarse a través del sistema financiero.Shutterstock
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La aprobación del proyecto de ley de referencia está siendo impulsada por el Banco Central del Paraguay (BCP) y su presidente, José Cantero, en conversación con ABC destacó este miércoles la importancia del plan que está a consideración de la Cámara de Senadores.

El Senado, en principio, tiene previsto tratar el tema mañana jueves en sesión ordinaria, pero las comisiones de Hacienda y de Legislación pedirían su postergación, argumentando que para emitir sus respectivos dictámenes primeramente quieren tener la versión del titular del BCP.

Cantero fue consultado por ABC sobre el flujo de dinero que mueve la economía y cuánto de esto escapa del control de la banca matriz, atendiendo los numerosos casos y montos millonarios que van saliendo a la luz sobre el lavado de dinero producto del narcotráfico que se realiza en el país.

El titular del BCP, aunque evitó responder directamente y más bien habló en forma general, mencionó que aproximadamente el 40% de la economía es informal, por eso es que mucho de este dinero fluye fuera de los mecanismos de control y, ante esta situación, dijo que el BCP está impulsando la aprobación en el Congreso del proyecto de ley de transparencia e inclusión financiera.

Vía sistema financiero

Afirmó que mediante el referido proyecto se pretende que todos los flujos de dinero pasen a través del sistema financiero, así como también todas las nóminas de pagos. En este punto, hizo hincapié en las transacciones en dólares, como por ejemplo las compras de vehículos, estancias y otros bienes, que -de aprobarse- estarán obligadas a hacerlo a través del sistema financiero cuando son operaciones superiores a 5.000 dólares.

Cantero señaló que es un proyecto de ley que va a significar un cambio en la digitalización de la economía, en la formalización y la inclusión financiera. En ese sentido, sostuvo que el espíritu de inclusión financiera se promueve atendiendo que durante la pandemia, las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) no estaban incluidas en el circuito financiero, no tenían acceso al crédito, lo mismo pasó con las familias.

Sostuvo que esto, además, tiene como objetivo paralelo la transparencia que permitirá que nuestra economía pase de un alto nivel de informalidad, donde una persona puede comprar en efectivo una estancia o propiedad, a que se realice a través del sistema financiero y permita que todos los mecanismos de control puedan minimizar los riesgos y hacer que nuestro país sea más fuerte y transparente.

Proyecto de ley

El proyecto de ley establece que todo acto jurídico pactado en moneda extranjera cuyo importe sea igual o superior a un monto equivalente a 15 salarios mínimos mensuales establecidos para actividades diversas no especificadas de la capital de la República (actualmente G. 34,3 millones y al tipo de cambio equivale a US$ 4.905), deberá ser realizado a través de los medios de pago electrónicos, aún cuando la obligación se cancele mediante pagos parciales menores a dicho monto.

También dispone que podrán realizarse los pagos señalados mediante depósitos en cuentas bancarias, financieras o cooperativas; cheques con la cláusula de “no negociable”, “intransferible”, “no a la orden” u equivalente; y otros medios de pago expresamente autorizados por el BCP.

Además, establece que cuando los actos jurídicos señalados requieran la inscripción de la escritura pública u otro instrumento en el cual se deje constancia de la operación formalizada entre los contratantes en la Dirección General de los Registros Públicos, el escribano público interviniente deberá dejar constancia expresamente en dicho documento el medio de pago utilizado y adjuntar los antecedentes del mismo, incluida la copia del documento justificativo del pago, para proceder a la inscripción.

“La inobservancia de las normas contenidas en el presente capítulo conlleva la nulidad del acto respectivo”, es decir que la transacción será nula.

Remuneraciones y cuentas

El proyecto dispone igualmente el pago de remuneraciones a trabajadores en relación de dependencia de empresas de cierto porte, así como la percepción y pago de obligaciones del Estado deberán realizarse, exclusivamente, a través de dichos medios de pago.

Se prevé la apertura de cuentas especiales de carácter tuitivo en instituciones financieras, cooperativas y de medios de pago electrónicos para las remuneraciones al trabajador en relación de dependencia e introduce un sistema de incentivos tributarios para el uso de medios de pago electrónicos, según el mensaje del Poder Ejecutivo que acompaña el proyecto de ley presentado el año pasado al Congreso.

El proyecto señala que se entenderá por medio de pago electrónico a las tarjetas de débito, las tarjetas de crédito, los instrumentos de dinero electrónico autorizados y las transferencias electrónicas de fondos, así como todo otro instrumento análogo que permita efectuar pagos electrónicos a través de cajeros automáticos, dispositivos tecnológicos inteligentes, por Internet u otras vías, de conformidad con la reglamentación del BCP.

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