Actualmente, ninguna empresa tiene la obligatoriedad de establecer nominación en las facturas que se emiten, pues es el cliente quien decide si quiere o no facturar a su nombre. En nuestra legislación no existe ninguna resolución ni ley que establezcan la obligatoriedad de identificar a los clientes, por lo cual muchas veces se hace difícil la trazabilidad, por ejemplo, en el rubro de las tabacaleras que facturan millones.
No obstante, el viceministro de Tributación Oscar Orué en una entrevista a nuestro diario en setiembre del año pasado había mencionado que dentro del plan de la facturación electrónica buscarán establecer la obligación de que las facturas emitidas sean nominales a partir de cierto monto mínimo. Indicó que analizarían el marco legal, a fin de determinar si será necesaria una nueva ley o solo una resolución.
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La SET tampoco maneja datos sobre la cantidad de facturación con clientes innominados que utilizan este criterio. Aunque llama la atención que con el común de los contribuyentes cada vez hay más exigencias para cruzar datos, como la obligatoriedad del registro de comprobantes.
Sin dudas, estas desprolijidades y lagunas legales son aprovechadas para actividades delictivas como el tráfico ilegal de cigarrillos al el exterior (contrabando).
Al respecto, la Ley No. 6.380/2019 en el segundo párrafo del artículo 92, dice: “Que en todos los casos, en los comprobantes de venta se deberá consignar el nombre y el número de documento de identidad o RUC del comprador, salvo que el tipo de comprobante utilizado pueda ser emitido en forma ignominia (innominada), conforme lo establezca la reglamentación”
La SET puede quitar una resolución que les obligue a clientes como las tabacaleras que mueven millones y utilizan este método, a fin de que identifique a sus compradores en las facturas. De esta manera, discusión y van a tener la trazabilidad del dinero o por lo menos su origen.
Intentamos comunicarnos ayer con el viceministro Orué para consultarle sobre el avance y/o modificaciones a ser introducidas en relación a la emisión de comprobantes innominados, sin embargo no respondió a la consulta.
Mercado de cigarrillos mueve millones
Datos oficiales confirman que al año se producen alrededor de 2.800 millones de cajetillas de cigarrillos, pero entre el consumo local y la exportación legal solo llegan a 600 millones de cajetillas, o sea el 21% del total, quedando un gran margen de estas mercaderías (2.200 millones) probablemente en algunos puertos y/almacenes clandestinos. Este es uno de los rubros que se benefician del vacío legal en los comprobantes innominados. Siendo el contrabando una de las principales fuentes del lavado de dinero, y llama la atención el poco interés de las autoridades de control.
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