Otra vez el Jurado evitó enjuiciar a la fiscala Acuña

Nuevamente el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) le dio una “mano” a la fiscala Victoria Acuña para rechazar la denuncia en su contra por no haber impulsado el proceso penal para evitar la prescripción que favoreció al expresidente de Petropar, Sergio Escobar, procesado por corrupción. Dos senadores, un diputado y el ministro Benítez Riera le tiraron el “salvadidas” a la agente del Ministerio Público.

Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia, Enrique Bacchetta, Jorge Bogarín Alfonso, Fernando Silva Facetti, Mónica Seifart de Martínez y David Hernán Rivas, en la primera sesión del año del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM).
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El miembro del Jurado y ministro de la Corte Suprema de Justicia Manuel de Jesús Ramírez Candia, el primer opinante votó por el enjuiciamiento de la fiscala Victoria Acuña, y el voto recibió el acompañamiento, pero insuficiente, de los miembros Mónica Seifart de Martínez, el diputado liberal Rodrigo Blanco Amarilla y el presidente del Jurado Jorge Bogarín Alfonso. Se requerían de por lo menos 5 votos en el mismo sentido para iniciar el enjuiciamiento.

La denuncia por mal desempeño rechazada contra la fiscala Victoria Acuña fue promovida por la Coordinadora de Abogados del Paraguay y Somos Anticorrupción Paraguay.

Ramírez Candia dijo: “El único motivo de irregularidad que se le señala a Victoria Acuña es el hecho de haber dejado transcurrir más de 5 años desde la acusación hasta la realización de la audiencia preliminar. En definitiva, hay varios hechos procesales que motivaron el retraso de la tramitación del expediente, como las recusaciones, incidentes, recursos de la defensa. Pero Hay tres situaciones que se pueden analizar como responsabilidad de la agente fiscal que tiene por obligación impulsar el proceso penal para evitar la prescripción o impunidad.

Victoria Acuña Ricardo, fiscala de Delitos Económicos y Anticorrupción.

Agregó: “Una primera situación que motivó un retraso innecesario es el hecho que se tuvo que resolver una recusación que se resolvió y devolvió el expediente al juzgado de origen luego de 8 meses. Un segundo retraso importante en este caso fue una apelación general que se resolvió luego de 8 meses, y luego una tercera situación en donde un recurso llega a la Corte y resuelve 1 año después. Hay que señalar una cosa, se presentó un urgimiento, y a pesar de resolverse un años después, se retrasó la remisión del expediente otros 8 meses. En las tres situaciones de excesiva morosidad judicial, solamente en una ocasión ante la Corte se presentó un urgimiento tendiente a reencausar el proceso”.

Prosiguió el ministro: “De esta omisión de requerir el cumplimiento de los plazos procesales, se puede inferir de que se trasgredió el Art. 54 del Código Procesal Penal y la Carta Orgánica del Ministerio Público. En este caso, ante la excesiva mora judicial existió la omisión de la agente fiscal de requerir el impulso procesal. Hay sospecha razonable del incumplimiento de las normas procesales que rigen las actuaciones, y justifican el enjuiciamiento de la agente fiscal. Además, el enjuiciamiento se debe extender también a los demás miembros del Tribunal de Apelaciones que atendió esta causa, por el retraso excesivo”, dijo finalmente Ramírez Candia.

Por su parte, la miembro Mónica Seifart de Martínez se adhirió al voto de su colega Ramírez Candia, y agregó que la Carta Orgánica del Ministerio Público impone que el agente fiscal tiene el control privilegiado de la legalidad, velar por la correcta aplicación de la ley, procurar que los hechos de acción penal pública no queden impune, y velar por el efectivo cumplimiento del debido proceso. Votó asimismo que se tenga en cuenta la actuación del Tribunal de Apelaciones, por la excesiva demora.

David Hernán Rivas, como siempre, lamentable

Una vez más el desempeño del diputado colorado cartista demostró su pobre actuación en el Jurado. Cuando fue llamado en tercer turno para emitir su voto, prefirió no aparecer en la pantalla de la transmisión en vivo que se realizaba en ese momento porque este legislador solamente limita su participación en las sesiones del Jurado con su conocida frase “me adhiero in totum”, y como los dos primeros votos no correspondían al sentido de su adhesión, y porque este diputado no tiene opinión propia, prefirió no votar aún y espera que algunos de los otros miembros opinen por el rechazo de la denuncia para favorecer a la fiscala Victoria Acuña, para adherirse.

Rivas solamente emitió su voto luego que el siguiente miembro del Jurado, el senador colorado Enrique Bacchetta Chiriani, votó por rechazar la denuncia contra la fiscala Victoria Acuña, argumentando que la agente fiscal sí hizo un (1) urgimiento ante la Corte. Además no se le puede atribuir a la representante del Ministerio Público la mora judicial por las presentaciones dilatorias de la defensa y asimismo, la misma se presentó a las audiencias convocadas por el juzgado, y no tuvo responsabilidad en las 10 veces en que la audiencia preliminar fueron suspendidas, argumentó.

Al voto de Bacchetta, se adhirió al también senador liberal Fernando Silva Facetti, por rechazar la denuncia contra la fiscala Victoria Acuña.

Posteriormente, el diputado liberal Rodrigo Blanco Amarilla, se adhirió a los votos del ministro de Corte Ramírez Candia y de Mónica Seifart de Martínez.

Finalmente, el presidente del Jurado Jorge Bogarín Alfonso se sumó a la primera opinión de Ramírez Candia, con lo que se obtuvieron 4 votos por el enjuiciamiento y tres por rechazar la denuncia. Se requerían 5 votos como mínimo, en el mismo sentido, para iniciar el enjuiciamiento.

No explicó inhibición

El ministro de Corte Luis María Benítez Riera, quien se inhibió de analizar el caso de la fiscala Victoria Acuña, no explicó el motivo de su apartamiento, con lo que favoreció el rechazo de la denuncia contra la agente del Ministerio Público, muy cuestionada por las impunidades que facilita a los procesados por corrupción pública, sobre todo cuando se trata de políticos.

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