La jueza penal de Garantías Lovera Brítez, por Auto Interlocutorio N° 37 del 24 de enero de 2022, decretó la rebeldía y ordenó la captura internacional de los procesados por el vaciamiento de la Caja de Jubilados de Itaipú (CAJUBI), considerados “cerebros” de este megafraude, los ciudadanos venezolanos Marcelo Alessio Silvio Barone Serra y de su esposa Elisabel Vázquez Galiño, quienes se encuentran detenidos en el Reino Unido, con proceso de extradición a nuestro país.
La reiteración de la orden de captura internacional de parte del juzgado fue ante la alerta emitida el 19 de enero por parte del encargado de Despacho del Departamento de Interpol de la Policía Nacional, quien ha comunicado al juzgado con relación al Oficio N° 973 de fecha 16 de mayo de 2014, en los autos caratulados “Víctor Bogado Núñez y otros s/ lesión de confianza exp. N° 53/2013″, con el fin de comunicar que la Interpol Lyon Secretaría General, mediante mensaje N° 162, ha informado que de conformidad con los artículos 10.3 y 50.1 del Reglamento sobre el Tratamiento de Datos, el plazo de conservación inicial finaliza dentro de seis meses, con relación al llamado Marcelo Alessio Silvio Barone Serra, nacido el 28/11/1963, en Venezuela, y a la llamada Elisabel Vázquez Galiño, nacida el 23/09/1977, en Venezuela, solicitando al Juzgado si es de interés la prolongación del periodo de conservación de la solicitud de búsqueda internacional por un periodo de cinco años más, o en su caso, su anulación que tiene vigencia hasta el 18 de julio de 2022, con relación a ambos procesados”.
Por Auto Interlocutorio (AI) N° 682 de fecha 21 de junio de 2012, el juzgado penal de Garantías N° 1 de la capital, entonces a cargo del juez Hugo Antonio Sosa Pasmor, había declarado la rebeldía y ordenado la captura internacional de los procesados Barone Serra y Elisabel Váquez Galiño, por petición expresa del representante del Ministerio Publico por requerimiento N°33 de fecha 21 de junio de 2012, según indican los antecedentes.
La captura
Marcelo Barone Serra, quien contaba con orden de captura internacional de Interpol, fue detenido el 23 de agosto de 2015, en Londres, Reino Unido, luego de un sigiloso seguimiento por parte de agentes británicos. Tras su detención, Barone fue llevado a una prisión, donde permanece hasta ahora, a la espera de su extradición. Barone y su esposa Elisabel Váquez Galiño (también capturada) llevaban una vida suntuosa, producto del dinero fácil obtenido en complicidad con autoridades de la Caja de Jubilados de Itaipú.
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Los antecedentes del megafraude
Barone Serra y su esposa Vázquez Galiño están procesados por lesión de confianza porque, en complicidad con los exdirectivos de Cajubi condenados penalmente, les habían remesado en el 2007 unos US$ 35 millones para realizar supuestas inversiones en la firma Euroinvest, de la cual la pareja era propietaria. Euroinvest fue creada para captar dinero para inversiones inmobiliarias en Miami, Estados Unidos.
En el 2006, la Cajubi empezó a remesar US$ 4 millones a la empresa de Barone llamada Resitrust.
Barone nunca firmó documentos de compromiso a favor de Cajubi.
Los condenados por el vaciamiento
En nuestro país, el tribunal de sentencia integrado con las juezas Mesalina Fernández, Rosarito Montanía y Esther Fleitas (ya jubilada) condenó el 18 de diciembre de 2015 a 12 de los exconsejeros procesados por el desfalco a la Cajubi a través de supuestas inversiones que debían realizarse en el extranjero.
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Fueron sentenciados a 14 años de cárcel por el fraude los expresidentes de Cajubi, Víctor Bogado Núñez y Mariano Escurra. Además, Félix Villamayor, Walter Delgado y César Bejarano tienen penas de 12 años; Ricardo Pereira Poletti (10 años); José Alonso, José Szwako y Pabla Mieres, (8 años), Cíbar Insfrán (4 años) y Édgar Mengual, (3 años), por realizar inversiones fraudulentas.
Cámara ratificó condenas
El 29 de junio de 2016, los camaristas de la Primera Sala, Gustavo Ocampos, Bibiana Benítez y José Agustín Fernández ratificaron por unanimidad la sentencia condenatoria recaída en primera instancia contra los expresidentes y exconsejeros de la Cajubi, acusados por lesión de confianza agravada. Los miembros del Tribunal de Apelaciones argumentaron que el fallo se encontraba ajustado a derecho.
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Corte confirmó penas
La Sala Penal de la Corte por Acuerdo y Sentencia N° 351 del 21 de abril de 2017, integrada por los camaristas del fuero civil, Neri Villalba, Eusebio Melgarejo y Carmelo Castiglioni, declaró inadmisibles las casaciones de 8 de los 12 condenados por el vaciamiento a la Caja de Jubilados de Itaipú (Cajubi).
Las casaciones declaradas inadmisibles son las presentadas por los expresidentes de la Cajubi Víctor Daniel Bogado Núñez y Mariano Damián Escurra, ambos condenados a 14 años de prisión.
De igual manera son inadmisibles las casaciones de los exconsejeros Walter Delgado y César Bejarano, ambos condenados a 12 años; de Ricardo Pereira Poletti, sentenciado a 10 años; de igual manera, José Alonso y Pabla Mieres, penados a 8 años de prisión y Gustavo Celso Duré, a 3 años de cárcel.
Las condenas de Félix Villamayor (12 años de cárcel), José Szwako (8 años) y Cíbar Insfrán (4 años) quedaron firmes en el 2016 cuando fue rechazada la inconstitucionalidad que plantearon. En el caso del exsíndico Edgar Mengual (3 años) quedó firme porque ni siquiera recurrió a la Cámara de Apelaciones.