Si juez envía a prisión a Ramón González Daher “será ilegal”, afirma la defensa

La defensa del condenado por usura grave a 15 años de cárcel Ramón González Daher argumenta que si el Juzgado de Garantías decreta la prisión preventiva del exdirigente de fútbol, en la causa que afronta por el presunto robo de 471 cheques, atentará contra el artículo 238 del Código Procesal Penal, atendiendo que el procesado tiene 70 años edad.

Los abogados Bettina Legal, Jorge Bogarin y Richar Rojas junto a Ramón González Daher y su hijo Fernando González Karjallo.diego peralbo
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Alegando lo establecido en el artículo 238 del Código Procesal Penal la abogada Bettina Legal manifestó que será ilegal si el Juzgado de Garantías atiende el pedido del Ministerio Público y dicta la prisión preventiva de Ramón González Daher, en la causa que afronta por presunto quebrantamiento de depósito como instigador y extorsión, en carácter de autor, en el caso del robo de 471 cheques del juzgado a cargo de Humberto Otazú.

La normativa establece que “no se podrá decretar la prisión preventiva de las personas mayores de setenta años, de las mujeres en los últimos meses de embarazo, de las madres durante la lactancia de sus hijos o de las personas afectadas por una enfermedad grave y terminal debidamente comprobada. En estos casos, si es imprescindible alguna medida cautelar de carácter personal, se decretará el arresto domiciliario”.

Al respecto, Legal puntualizó que su cliente tiene actualmente 70 años de edad y en mayo cumple 71 años, por lo que a su criterio ya no se puede dictar su prisión preventiva, tal como solicitó la fiscala Natalia Cacavelos argumentando que existe peligro de obstrucción a la investigación por parte del condenado a 15 años de cárcel por usura grave, lavado de dinero y denuncia falsa.

En cuanto al cumplimiento de la histórica condena dictada el 10 de diciembre último por el Tribunal Especializado en Delitos Económicos, integrado por las juezas Claudia Criscioni (presidenta), Yolanda Portillo y Yolanda Morel, la abogada defensora señaló que su cliente tampoco cumpliría la pena privativa de libertad en la cárcel, en atención al artículo 239 del Código Penal de Ejecución.

Sin embargo, dicha normativa indica que “cuando un condenado a pena privativa de libertad tuviere más de setenta años, estuviese gravemente enfermo o en etapa terminal o con algún impedimento físico para valerse por sí mismo, el juez de Ejecución podrá disponer su prisión domiciliaria”.

Es decir, el cuerpo legal otorga al juez de ejecución la posibilidad de otorgar ese beneficio al condenado y advierte además que el mismo “será revocado en caso de violación grave de la restricción”.

Sobre este punto existen antecedentes en varias otras causas, sobre todo por tráfico de drogas, en las que el Juzgado de Ejecución hizo efectivo el cumplimiento de las condenas dictadas a personas mayores de 70 años, en una penitenciaría.

Chicana se resolverá mañana

Esta mañana su sustanció la audiencia de reposición planteada por la defensa de Ramón González Daher, en el Juzgado de Garantías N° 9 que está a cargo del juez Rolando Duarte, pero que actualmente interina el juez Gustavo Amarilla porque su colega está de vacaciones.

Esta mañana se sustanció la audiencia de reposición que planteó la defensa ante el juez Gustavo Amarilla.

La abogada Bettina Legal ratificó que debe suspenderse la audiencia de imposición de medidas de su defendido, fijada para este jueves 13 a las 8:30. Por su parte el fiscal Néstor Coronel pidió al magistrado que rechace el pedido, argumentando que la defensa no fundamentó el recurso de reposición sino más bien hizo un resumen del incidente de nulidad de la imputación, que también interpuso.

Amarilla informó que recién mañana, a primera hora, resolverá la chicana planteada por la defensa de RGD para suspender la audiencia de imposición de medidas, en la que se debe analizar el pedido de prisión preventiva que hizo el Ministerio Público en relación al procesado.

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