Conacom absolvió a hermanos Ferreira de investigación por violación de ley de competencia

La Comisión Nacional de la Competencia (Conacom) decidió absolver a los hermanos Patricia y Marcelo Ferreira Pascottini, directores de las empresas Imedic y Eurotec, de la acusación por supuesta violación a la ley de competencias, Según el directorio de la Conacom, el accionar de las firmas, presentarse a una misma licitación pese a ser del mismo rubro y estar vinculadas, no se encuentran prohibidas en la normativa.

Patricia Ferreira y Nidia Godoy, presidenta y directora de Imedic SA, respectivamente, en tribunales.Archivo, ABC Color
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Patricia y Marcelo Ferreira Pascottini, directores de las firmas Insumos Médicos S.A (Imedic) y Eurotec, fueron absueltos por la Conacom en lo referente a la acusación por supuesta violación a la ley de competencia.

En el sumario, los encargados de la institución tenían la hipótesis de que se violó la competencia porque tanto Imedic como Eurotec se presentaban a licitaciones del Ministerio de Salud y otros entes, a pesar de que tenían el mismo vínculo (los hermanos Ferreira Pascottini).

Segun los investigadores, estos violaron el artículo 8 de la ley de competencias, al cometer licitación colusoria, es decir, licitaciones con acuerdos entre empresas para no competir, en donde coordinan, falsean o manipulan las ofertas, así como pueden acordar no presentarse (abstención), o turnarse las adjudicaciones cayendo el Gobierno en una trampa que muchas veces se ejecuta con la complicidad de las autoridades.

Pero según las conclusiones del directorio de la Comisión, los hermanos Ferreira Pascottini no infringieron la normativa, por lo que quedaron absueltos.

El directorio de la Conacom que absolvió a los hermanos Ferreira Pascottini fue integrado por Rolando Díaz Delgado, como presidente, y Eduardo González y Fabrizio Castiglioni como miembros.

En sus conclusiones, el directorio explicó que el artículo 40, que establece que empresas vinculadas entre sí no pueden participar en licitaciones o contrataciones reguladas por dicha ley deja abierta la posibilidad de que, por ejemplo, dos sociedades independientes que tengan entre sus socios minoritarios, y sin poder de control, a dos hermanos, o que tengan como apoderado al mismo profesional abogado, tengan prohibido presentar propuesta y contratar en los procedimientos.

También expresaron que “a pesar de las evidencias obrantes en el expediente, se omitió profundizar en la investigación que permitiera constatar si las mismas forman o no parte de un mismo grupo empresarial”.

Acciones de los hermanos Ferreira no están prohibidas

Por otra parte, sobre la responsabilidad tanto de Patricia Ferreira como su hermano Marcelo, dijeron que el caso de las personas física deviene de las personas jurídicas a las que representan, por lo que no pueden ser sancionadas.

“Cabe declarar que la conducta desarrollada por las empresas acusadas no se encuentra prohibida considerando la disposición de la normativa”, indicaron y explicaron que si Imedic y Eurotec hubiesen ofertado sobre las mismas partidas o ítems, habrían actuado en contravención de lo dispuesto en la ley.

Esta opinión fue expuesta por el presidente del directorio con la adherencia de los demás miembros.

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