Suspensión sin goce de sueldo para jueza que intentó beneficiar a Chapaló

La Corte Suprema de Justicia suspendió sin goce de sueldo a la jueza penal de sentencia de Coronel Oviedo Ninfa Torres de Ramos y a la actuaria Nélida Bogado por haber dispuesto la prisión domiciliaria del narcotraficante Víctor Brítez Aranda, “Chapaló” en la semana pasada. Se dispuso la remisión de los antecedentes de la primera al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y la apertura de un sumario administrativo para ambas.

Sesión ordinaria de la Corte Suprema de Justicia de hoy, con la participación del flamante ministro Víctor Ríos.GENTILEZA
audima

La decisión fue adoptada en forma unánime hace instantes en la sesión ordinaria del pleno de hoy y tiene su fundamento en el informe presentado por la Dirección General de Auditoría de Gestión Jurisdiccional, a cargo del abogado Rodolfo Heyn, que advirtió una serie de irregularidades en la actuación judicial.

La auditoría fue dispuesta por el ministro Manuel Ramírez Candia, tras conocerse que la orden de prisión domiciliaria fue enviada a las autoridades penitenciarias. En atención a la peligrosidad de recluso a ser beneficiado con la medida, las autoridades del Ministerio de Justicia optaron por hacer las consultas pertinentes en la máxima instancia antes de dar cumplimiento a la resolución, que finalmente no se materializó debido a que la magistrada retrocedió en su decisión luego de que el caso ganara estado público.

La falta de estudios que corroboren las supuestas dolencias alegadas por la defensa del narcotraficante -que cuenta con dos condenas, una de 26 años por narcotráfico y otra de 3 años por lavado de dinero- y que habrían motivado la llamativa decisión judicial, es una de las anomalías constatadas por la auditoría.

“Este no es un tema baladí, es un tema grave que no se puede tolerar desde ningún punto de vista”, expresó el ministro Eugenio Jiménez Rolón.

Por otro lado, el ministro César Garay también solicitó investigar el motivo de la inhibición de ocho jueces del caso tramitado en ejecución de sentencia.

“Eso no es normal en ninguna parte y ninguna jurisdicción”, acotó.

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