Ejecutivo socializa proyecto de ley sobre conflicto de intereses

El Poder Ejecutivo socializó esta mañana el proyecto de ley sobre conflictos de intereses en la función pública, que será remitido al Congreso para su estudio.

El jefe de Gabinete Civil, Hernán Hutteman, y el ministro de la Secretaría Nacional Anticorrupción (Senac), René Fernández, en sede del Palacio de Gobierno.
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El jefe de Gabinete Civil, Hernán Hutteman, y el ministro de la Secretaría Nacional Anticorrupción (Senac), René Fernández, presentaron esta martes el proyecto de ley “Que establece el régimen de prevención, corrección y sanción de conflictos de intereses en la Función Pública”.

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Hutteman destacó que mediante la iniciativa del Ejecutivo es la primera vez que se menciona el conflicto de intereses en la función pública, pues indicó que no está establecido en ninguna ley.

El ministro Fernández explicó que el proyecto de ley será remitido al Congreso, en el que -refirió- desde la Presidencia se acompañará su estudio eventual. Esta iniciativa fue elaborada por el Ejecutivo en conjunto con la Senac.

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Mediante el proyecto de ley “se busca establecer un régimen de prevención, corrección y sanción de conflictos de intereses, a fin que las decisiones que tomen los funcionarios públicos estén basadas en los principios de equidad y de imparcialidad”, según señalaron desde el Ejecutivo.

¿Qué establece el proyecto sobre el conflicto de intereses?

Según el documento socializado, los sujetos obligados -en el marco de la ley- deberán presentar una declaración jurada de intereses con información mínima sobre sus servicios profesionales prestados en los últimos dos años, tanto al sector público como el privado, además de sus familiares.

Los sujetos obligados van desde el presidente de la República, pasando por los senadores y diputados, ministros de la Corte Suprema de Justicia (CJS) y todos los funcionarios que tengan facultades decisorias relevantes en los procesos administrativos.

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También se establecen las abstenciones y prohibiciones para los funcionarios, en caso de conflicto de intereses, tanto en la función pública como luego de su salida. Además, se disponen las sanciones a incumplimientos y los órganos respectivos a aplicarlas.

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