Exintendente condenado a prisión gana un lugar en la Junta Municipal en Santa Elena

SANTA ELENA. Un tribunal de sentencia había condenado a cuatro año de cárcel en mayo del 2020 al exintendente de Santa Elena César Agustín Balbuena (PLRA), por lesión de confianza en perjuicio de su municipio, sin embargo fue electo el domingo pasado como concejal municipal.

César Balbuena (PLRA) es el primer intendente del departamento de Cordillera condenado por malversar dinero de Fonacide.Archivo, ABC Color
audima

Hydée Pereira, Carlos González y Justo Ramos fueron los magistrados del Tribunal de Sentencia que condenó a cuatro años de prisión a César Agustín Balbuena, exintendente de Santa Elena, y a tres años y medio al extesorero Eladio Chaparro, por lesión de confianza en perjuicio de su municipio. Sin embargo el domingo pasado fue electo concejal municipal.

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“En estos casos suele suceder que la sentencia probablemente aún no haya estado firme, ya que la ley es clara con relación a las inhabilidades. La sentencia debe estar firme y ejecutoriada para que el candidato pueda ser inhabilitado”, dijo el presidente del Tribunal Electoral Partidario (TEP) Santiago Brizuela.

Mientras que el Juzgado Electoral tiene la obligación de revisar los expedientes de los candidatos que llegan desde la jurisdicción penal, en este punto aclaró la jueza Tereza Martínez que “todos los expedientes que llegan al juzgado electoral, antes de las elecciones internas, son los expedientes de candidatos que si cuentan con goce de libertad política, de lo contrario no hubiese llegado”.

El fiscal de este caso Benjamín Vera explicó que “esta situación se da a raíz de la apelación de parte del abogado de la defensa ante la condena impuesta por el tribunal, y la presunción es que el caso va a llegar hasta la Corte Suprema de Justicia, y eso da a un proceso largo para que la sentencia quede firme”.

Una vez que quede firme y ejecutoriada la sentencia Balbuena tendrá que ser removido del cargo y será reemplazado por el inmediato suplente, tal como lo declara la ley en el artículo 197 “De las Inhabilidades” en la Constitución Nacional.

César Agustín Balbuena Cáceres fue presentado como opción 1 por la lista 2 y entró en la Junta Municipal con 302 votos, según el resultado de la TREP.

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