El Paraguay debe comercializar la energía de Yacyretá, sostiene por unanimidad el Parlasur

Ayer, el Parlasur aprobó por unanimidad, con votos de todos los parlamentarios paraguayos, argentinos y brasileños, la declaración de que es el Paraguay, a través de la ANDE, el que debe exportar su energía de Yacyretá en forma exclusiva, y no como ahora, que empresas privadas argentinas re-exportan la energía paraguaya de Yacyretá al Brasil al cuádruple del valor.

Central hidroeléctrica Yacyretá.Archivo, ABC Color
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“Exigimos que el gobierno de Mario Abdo Benítez respete esta declaración del Parlasur y que ejerza, a través de la ANDE, de inmediato, la soberanía hidroeléctrica para beneficio de todo el país y que termine la lamentable falta de ejercicio de la soberanía hidroeléctrica”, señaló el parlamentario del Mercosur, Ing. Ricardo Canese.

El documento expone que la empresa argentina Cammesa habría exportado, de manera inconsulta, energía paraguaya de Yacyretá, según denunció la Dirección Paraguaya de la Entidad Binacional Yacyretá. Y que, considerando que de acuerdo al artículo XIII del Tratado de Yacyretá “la energía producida por el aprovechamiento hidroeléctrico a que se refiere el artículo I será dividida en partes iguales entre los dos países, siendo reconocido a cada uno de ellos el derecho preferente de adquisición de la energía que no sea utilizada por el otro país para su propio consumo”.

Y que el “derecho preferente” es indiscutiblemente utilizado en el derecho internacional y comercial como el derecho que tiene un socio de igualar la mejor oferta que tenga el otro socio, no de negociar en su nombre, por cuanto para ejercer ese derecho obligatoriamente debe existir una previa manifestación del titular del 50% de la potencia o energía de su propiedad.

Asimismo, que al no utilizar totalmente el Paraguay la mitad de la energía que le pertenece, la República Argentina tiene tan sólo “el derecho preferente de adquisición de la energía que no sea utilizada” por el Paraguay, y no la exclusividad para comerciar con terceros países, excluyendo al Paraguay en absoluto desconocimiento de sus derechos soberanos.

“Que si el Brasil pretendiera adquirir la energía paraguaya de Yacyretá, es con el Paraguay –la ANDE, o la entidad que ésta indique, según el artículo XIV del Tratado- con quien deberá tratar y negociar precio y condiciones, no pudiendo realizar la República Argentina, y menos a través de empresas privadas, representantadas en la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico argentino (CAMMESA)”, indica.

Además, sostiene que esta práctica es reiterada en los últimos años y que no corresponde a un proceso de integración regional, como es el Mercosur, que exige pleno respeto a la soberanía de los respectivos pueblos y Estados.

Por tanto, el Parlasur manifiesta que la comercialización de la energía paraguaya de Yacyretá debe ser realizada por el Paraguay.

En su declaración, señala en el artículo 1°, instar a las Altas Partes involucradas, vía el Consejo del Mercado Común (CMC), a respetar el cumplimiento del Tratado de Yacyretá y que, en mérito a los derechos soberanos allí expresados, toda exportación de la energía eléctrica de Yacyretá perteneciente a la República del Paraguay, sea realizada exclusivamente por el Paraguay, a través de la ANDE, la empresa autorizada por el artículo XIV del Tratado a contratar la potencia y energía que le pertenece en derecho al Paraguay”. Agrega que, “o bien por las empresas paraguayas que ANDE indique, según establece el mismo artículo, otorgándole el Paraguay en todo momento a la República Argentina el derecho preferente de adquisición, a igualar la mejor oferta que reciba de terceros, y sin que en ningún caso, se realice un trato directo entre la Argentina y el Brasil, excluyendo al Paraguay de los beneficios del intercambio eléctrico y trasgrediendo la soberanía y los derechos paraguayos en Yacyretá”.

Y en el artículo 2°, recomienda conformar una comisión tripartita, integrada por parlamentarios de Argentina, Brasil y Paraguay, que analice a más profundidad el tema y que realice recomendaciones al CMC, y por dicha vía a los Gobiernos, a fin de avanzar en el pleno respeto de la soberanía de los Estados parte del Mercosur y del proceso de integración eléctrica, para beneficio de todos.

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