Reiteran que la flamante empresa estatal, cuyo decreto de alumbramiento fue firmado el domingo último por el presidente brasileño Jair Bolsonaro, es creado “para asumir las funciones públicas de Eletrobrás”.
El Ministerio de Minas y Energía del vecino país, cuyo ministro, Bento Albuquerque, integra el Consejo de Administración de Itaipú, se refirió más bien a la parte estética de la estructura de la nueva institución, al calificarla de “esbelta”, pera “no se reveló información detallada” sobre la misma, agrega el medio informativo del vecino país.
Sobre el presupuesto en cuestión, se lee también en el material informativo de referencia, que la ENBpar lo utilizará “para adquirir el control de Eletronuclear y la parte que Eletrobras posee en el capital de Itaipú”.
El Art. VIII del Tratado de Itaipú, que entró en vigencia el 13 de agosto de 1973, establece “que los recursos necesarios para la integración del capital de la Itaipú serán aportados, a la ANDE y la Eletrobras, respectivamente, por el Tesoro paraguayo y por el Tesoro brasileño o por los organismos financieros que los gobiernos indiquen”.
El capital de referencia es de US$ 100 millones, US$ 50 millones aportó Eletrobras y US$ 50 millones la ANDE. Recordemos también en el Anexo C aún vigente, que expira el 13 de agosto de 2023, ambas empresas perciben de Itaipú utilidades del 12% anual sobre el monto de sus respectivas participaciones. Por consiguiente integra el costo del servicio de electricidad de la entidad binacional.
O Globo añadía en su texto informativo que “luego de la constitución , la nueva empresa estatal no dependerá de los recursos federales para cubrir sus gastos. La empresas tendrá ingresos de sus participaciones en Itaipú y Eletronuclear, y también de la gestión de las políticas públicas que le serán atribuidas”.
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En la entidad paraguayo/brasileña, los ingresos de Eletrobras no se restrigen a la tasa de utilidad que mencionamos. En efecto, esta empresa fue y sigue siendo, pese a la prohibición del Art. XII del Tratado, su principal acreedora, papel al que se refiere, en reiteradas páginas, la Contraloría General de la República de nuestro país en su reciente informe de auditoría sobre la “deuda espuria” de Itaipú.
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