La Empresa Paraguaya de Servicios Sociedad Anónima (EPAS), que se encarga del billetaje electrónico, respondió los cuestionamientos planteados por este diario sobre en qué se basaron para hacer el cambio del precio del pasaje en los validadores de cada bus, sin tener autorización de los entes reguladores.
Lea más: Tras escándalo por irregular suba de pasaje, anuncian sumarios a líneas
Andrea Miracca, una de las gerentes de la firma, explicó que el 18 de agosto EPAS recibió la solicitud de las Líneas 37-B y 1 de implementar la actualización de la tarifa del pasaje en los validadores. Se debería fijar el precio de los buses convencionales en G. 3.602 y de los buses climatizados en G. 4.702.
Ante esto, EPAS “como empresa prestadora del servicio de billetaje electrónico ha realizado la consulta al Viceministerio del Transporte mediante nota sobre los precios que deben ser ingresados en los validadores de las unidades de transporte público de pasajeros pertenecientes a empresas de transporte permisionarias de la Municipalidad de Asunción, recibiendo como respuesta que los precios a ser ingresados deben ajustarse a lo establecido por su ente regulador, es decir la Municipalidad de Asunción”, aseguró la gerente.
Lea más: Pasaje en Asunción: Empresarios se “avivan” con vacío legal y comuna hace la vista gorda
Por ello, la firma asegura que se realizó una consulta a la Municipalidad de Asunción al respecto. La Comuna respondió el 31 de agosto, limitándose únicamente a decir que los precios del pasaje de las empresas permisionarias de la Municipalidad de Asunción serán los establecidos por Decreto del Poder Ejecutivo. El mismo día de esta respuesta, 31 de agosto, se emitió el decreto 5.925.
Con esta respuesta, Epas procedió a la actualización de las tarifas en las unidades internas, basándose en lo solicitado por las empresas de transporte y las ambiguas respuestas de las instituciones.
Ni el Viceministerio ni la Municipalidad de Asunción mostraron interés en resolver la situación, comunicar lo que pasaría a la ciudadanía o frenar la suba irregular del pasaje.
La ordenanza 66/2016 dicta que el precio del pasaje debe ser el fijado por el decreto ejecutivo. Sin embargo, el decreto 5.925, del 31 de agosto, utiliza dos términos: el de “tarifa” (teniendo en cuenta el subsidio que reciben los buses del área metropolitana) y el de “precio” (monto cobrado a usuario). Si bien, el decreto dicta una suba en la tarifa, afirma que el precio debe ser mantenido.
Teniendo en cuenta esto, los empresarios han incumplido la ordenanza, habiendo subido el precio de manera irregular. Las empresas internas no reciben el subsidio de Estado como los transportes del área metropolitana. La medida de la suba es en modo de protesta.