Por mayoría el Tribunal de Apelaciones 1ª Sala resolvió confirmar la Sentencia Definitiva N° 257 de fecha 30 de junio de este año, dictada por el Tribunal de Sentencia presidido por la jueza María Fernanda García de Zúñiga e integrado por sus colegas Héctor Capurro y Juan Carlos Zárate Pastor, por la cual se condenó a 2 años y 3 meses a Rodolfo Duarte López.
Los camaristas Pedro Mayor Martínez (preopinante) y Delio Vera Navarro votaron en mayoría por confirmar el fallo, mientras que el camarista Gustavo Santander Dans votó por el reenvío del expediente para que otro Tribunal de Sentencia dicte una nueva pena para el encausado, alegando que los jueces no fundamentaron suficientemente por qué condenaron a 2 años y tres meses de cárcel a Duarte López.
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El abogado defensor Luis Benítez Samaniego presento apelación contra la sentencia condenatoria y solicitó que por decisión directa el Tribunal de Apelaciones disminuya la sanción impuesta a su cliente, o en su defecto el reenvío de la causa para un nuevo juzgamiento con relación a la medición de la pena. El letrado calificó de erróneas las aplicaciones del artículo 65 del Código Penal, realizadas por el Tribunal de Sentencia.
Sin embargo, el fiscal del caso Leonardi Guerrero pidió la confirmación del fallo, con el fundamento de que todas las condiciones, tanto a favor como en contra, fueron evaluadas en cuanto al rigor de la pena a ser impuesta a los condenados, lo que se condice con la condena aplicada.
Utilizó un documento apócrifo
Duarte López confesó en el juicio que utilizó un escrito apócrifo para justificar la no presentación del recurso de nulidad contra el fallo que obligaba a la Municipalidad de Asunción a pagar casi G. 19.000 millones por incumplimiento de contrato con la firma Ivesur SA.
El Tribunal de Sentencia probó que Rodolfo Duarte López utilizó un documento no auténtico para justificar ante la Dirección de Asesoría Jurídica del municipio capitalino, que en fecha 6 de octubre de 2016 presentó ante la Primera Sala del Tribunal de Apelación Civil y Comercial un recurso de nulidad contra el referido laudo arbitral.
“El acusado sabía que no presentó el escrito, pero usó el documento apócrifo para ocultar que no hizo el trabajo que le fue encomendado (por el entonces asesor jurídico Enrique García). Su conducta fue perjudicial para la comuna, ya que se creía que el recurso de nulidad fue presentado, cuando en realidad eso no ocurrió”, expresó la presidenta del Tribunal al fundamentar la condena.
La magistrada destacó que con todas las pruebas producidas en el juicio oral, además de la declaración de Duarte López, quien confesó el hecho, existe plena convicción de que el funcionario municipal utilizó el documento no auténtico.
García de Zúniga agregó que el ahora condenado sabía que su actuar iba en contra de la función que debía cumplir, teniendo en cuenta que fue nombrado en la Municipalidad de Asunción en el año 2009 y que al momento del hecho se desempeñaba como ujier. El fiscal Leonardi Guerrero pidió 3 años y 6 meses.
Excontralor a juicio oral
El 29 de julio pasado la jueza de Garantías Alicia Pedrozo resolvió elevar a juicio oral y público la causa por la que está procesado el excontralor general de la República y exasesor jurídico de la Comuna capitalina José Enrique García.
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Según la acusación fiscal, el 6 de octubre del año 2016, el entonces asesor jurídico del municipio de Asunción falsificó un escrito para hacer creer que presentó en tiempo y forma la apelación contra el fallo de la demanda arbitral por el que se ordenó a la Comuna asuncena a pagar a la compañía Ivesur SA un total de G. 18.975.014.366.