La Sala Constitucional integrada con los ministros Alberto Martínez Simón y Eugenio Jiménez, así como con el camarista Nery Villalba, ratificaron la resolución de la Cámara de Apelaciones que había anulado la libertad condicional que favoreció a Lezcano Flores, y en consecuencia, el condenado debería ir a prisión.
La Sala Constitucional con los votos de Martínez Simón y Villalba, decretaron el rechazo “in límine” de la acción planteada por Lezcano Flores, por no cumplir con los requisitos formales. Indicaron que la inconstitucionalidad debe ser promovida contra resoluciones que pongan fin al proceso, impidan su continuidad, o cause agravio de imposible o insuficiente reparación ulterior.
Por su parte, el ministro Jiménez, quien se constituyó en primer opinante, votó por la caducidad de la acción planteada, porque Lezcano Flores no instó para que avance la inconstitucionalidad, en el plazo de 6 meses.
Dilación extrema
Lezcano Flores fue condenado a 4 años de prisión el 9 de diciembre de 2013, junto a la entonces ministra de la SAS Judith Liduvina Andraschko, durante el gobierno de Nicanor Duarte Frutos, quien fue sentenciada a 5 años de cárcel por compras sobrefacturadas de tierra por G. 1.600 millones para asentamientos de familias de escasos recursos.
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Desde entonces, Rodrigo Flores fue ayudado por la exjueza de ejecución Ana María Llanes, al hacer lugar los numerosos recursos dilatorios que este sentenciado promovía para evitar cumplir su condena de 4 años.
La Sala Penal y Sala Constitucional de la Corte rechazaron en varias ocasiones las incontables chicanas de Lezcano Flores, pero aún así no fue enviado a la cárcel.
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En esta última ocasión, durante la feria judicial en el 2017, Lourdes Scura interinó el juzgado de Llanes y en una audiencia le concedió la libertad condicional a Lezcano Flores, pese a que nunca pisó la penitenciaría para cumplir su sentencia. Esta resolución fue anulada por la Cámara y ahora la Corte ratificó esta anulación.