El Tribunal de Sentencia integrado por los jueces María Fernanda García de Zúñiga (presidenta), Héctor Capurro y Juan Carlos Zárate Pastor, dictó hoy la sentencia condenatoria tras probarse en juicio que Rodolfo Duarte López utilizó un documento no auténtico para justificar ante la Dirección de Asesoría Jurídica del municipio capitalino, que en fecha 6 de octubre de 2016 presentó ante la Primera Sala del Tribunal de Apelación Civil y Comercial un recurso de nulidad contra el referido laudo arbitral.
“El acusado sabía que no presentó el escrito, pero usó el documento apócrifo para ocultar que no hizo el trabajo que le fue encomendado (por el entonces asesor jurídico Enrique García). Su conducta fue perjudicial para la comuna, ya que se creía que el recurso de nulidad fue presentado, cuando en realidad eso no ocurrió”, expresó la presidenta del Tribunal de Sentencia al fundamentar el fallo condenatorio.
La magistrada destacó que con todas las pruebas producidas en el juicio oral, además de la declaración de Duarte López, quien confesó el hecho, existe plena convicción que el funcionario municipal utilizó el documento no auténtico.
García de Zúniga agregó que el ahora condenado sabía que su actuar iba en contra de la función que debía cumplir, teniendo en cuenta que fue nombrado en la Municipalidad de Asunción en el año 2009 y que al momento del hecho se desempeñaba como ujier en la institución.
Por orden del Tribunal de Sentencia, Duarte López seguirá con libertad ambulatoria hasta tanto quede firme la condena. El escrito íntegro del fallo será entregado a las partes el miércoles 7 de julio y desde esa fecha la defensa y el fiscal Leonardi Guerrero tendrán 10 días hábiles para presentar apelación.
Litigio con Ivesur
La concesionaria Ivesur SA planteó una demanda arbitral de indemnización de daños y perjuicios, por incumplimiento de obligaciones legales y contractuales, contra la Municipalidad de Asunción, con relación a la inspección técnica vehicular en la capital.
Esta demanda arbitral fue adversa a los intereses de la comuna capitalina y en ella se había ordenado que el municipio pague la suma de G. 8.627.550.755 en concepto de indemnización, además de otros G. 10.347.463.611 por intereses devengados, totalizando la suma de G. 18.975.014.366.
En atención al laudo de condena, la Municipalidad de Asunción, vía asesoría jurídica, a cargo de Enrique García, supuestamente en fecha 6 de octubre de 2016, presentó ante la Primera Sala del Tribunal de Apelación Civil y Comercial un recurso de nulidad contra el referido laudo arbitral.
Sin embargo, el fiscal de la Unidad Contra Delitos Económicos y Anticorrupción Leonardi Guerrero demostró en el juicio oral que el escrito de “recurso de nulidad” y los sellos del Tribunal de Apelaciones Primera Sala fueron fraguados, y que la apelación nunca fue presentada, como aseguró en un primer momento el ahora condenado.
Al respecto, el tribunal de sentencia aclaró que no fue el acusado quien llenó el acuse de recibo del recurso de apelación y que no se pudo determinar quién realizó ese trabajo.
Sala penal debe resolver chicanas de García
En esta causa el Ministerio Público también presentó acusación contra el Dr. Enrique García, por la supuesta producción de documentos no auténticos. Sin embargo, el ex asesor jurídico de la Municipalidad de Asunción planteó dos recursos que siguen pendientes de resolución en la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.
Los recursos planteados por García, en setiembre de 2020, son una apelación general contra la convocatoria a audiencia preliminar y una recusación contra la jueza de garantías de la causa, Alicia Pedrozo.