El plan para el control y erradicación de la brucelosis es impulsado por el Senacsa según los criterios técnicos recomendados por expertos internacionales, que contempla un programa de inmunización anual hasta reducir al mínimo la prevalencia y la incidencia de dicho mal sobre el hato nacional, explicó Martin. Añadió que por esa razón en la etapa actual del plan no se contempla aún la eliminación de los animales que resulten positivos para luego indemnizar a los propietarios.
Con los datos de prevalencia que se manejan de la brucelosis, si se aplicara la ley de Fomento a la Producción Láctea, la cantidad de animales que podrían ser eliminadas se estiman en unas 825.000 hembras bovinas, que a un precio de G. 3.500.0000 requerirían de unos US$ 427 millones, fondo que no se dispone.
“La ley de Fomento a la Producción Láctea está mal encarada en lo que se respecta al control, prevención y erradicación de la brucelosis, es una normativa que no se adapta a la enfermedad, este mal no afecta solo al ganado del sector lechero”, acotó.
Explicó que la brucelosis bovina es una enfermedad infectocontagiosa de carácter crónico que afecta a bovinos, ovinos, caprinos, suinos, otros mamíferos y al hombre, causada por bacterias del género brucella y se caracteriza principalmente por producir aborto, en los últimos meses de gestación.
Comentó que la importancia de la enfermedad radica en que interfiere en forma significativa el proceso reproductivo del rebaño bovino, produciendo cuantiosas pérdidas físicas y económicas en los establecimientos afectados. Adicional al impacto en la ganadería, la infección por brucella es fácilmente transmisible al ser humano lo que representa un serio riesgo hacia las personas, principalmente por manipulación.
Acciones del Senacsa
El titular del Senacsa indicó que cada año se realizan dos campañas de vacunación durante los periodos preestablecidos, para las hembras jóvenes. “Lo ideal es que estas hembras inicien su periodo de actividad reproductiva con dos vacunaciones, como terneras cuando tengan entre 3 a 8 meses de edad, utilizando la cepa B19; también , como desmamantes la vacuna cepa RB51. Durante el saneamiento de predios infectados con brucelosis bovina, la vacuna a ser utilizada en hembras adultas (vacas y vaquillas) es la cepa RB51.
También dijo que los análisis serológicos de rutina se realizan en hembras mayores de 18 meses y machos para reproducción, a partir de los 6 meses de edad. Para el ingreso de bovinos nuevos a un establecimiento, estos deben contar con certificado de diagnóstico negativo a la enfermedad o provenir de establecimientos con estatus sanitario de libre de brucelosis bovina.
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<b>La ley 5264/2014</b>
La Ley 5264/14, de “Fomento a la cadena láctea, fortalecimiento de la producción nacional y promoción del consumo de productos lácteos”, vigentes desde enero del 2015, establece el cobro de un aporte del 0,1% sobre el valor nominal de todo producto que salga de las industrias del sector lácteo.
El 80% de los fondos recaudados en ese concepto son destinados al Senacsa para desarrollar los programas de erradicación de la brucelosis y la tuberculosis. La recaudación estimada es de unos US$ 6 millones por año. También establece que las acciones sanitarias que serán ejecutadas son determinadas por una comisión interinstitucional en el que participa el ente, con el Viceministerio de Ganadería, los gremios Capainlac, Fecoprod, ARP, Aprole, Salud, Inam, entre otros.
Entre las atribuciones de la citada comisión figura el que debe establecer un sistema de indemnización en casos de sacrificios de animales positivos para brucelosis y tuberculosis y una subcomisión de tasación para tal efecto.
Datos de la vacunación
En cuanto a la brucelosis, en el primer periodo fueron inmunizadas 935.384 terneras, de unos 16.214 propietarios, que fue con la cepa B19; mientras que en el segundo periodo, fueron vacunadas contra dicho mal 1,132,098 hembras desmamantes, de unos 16.398 propietarios, y fue con la cepa RB51.