Los ministros Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia y María Carolina Llanes resolvieron declarar inadmisible el recurso planteado contra el Acuerdo y Sentencia N° 75, dictado por el Tribunal de Apelación, 1° sala, el 10 de diciembre del 2020.
El fallo impugnado por la defensa -resultado del voto unánime de los magistrados Pedro Mayor Martínez, Gustavo Santander y Gustavo Ocampos- confirmó la condena de Cosme Alcibiades Roa y Luis Barrientos, por desvío de G. 20 mil millones detectado entre los años 2012 y 2016.
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La cámara ratificó el fallo dictado en noviembre del 2019 por el Tribunal de Sentencia presidido por Lourdes Peña, que sentenció al expresidente Cosme Roa y al exsecretario de APA a 6 y 4 años de pena privativa de libertad, en ese orden.
Roa fue declarado culpable de los hechos punibles de lesión de confianza, violación de llevar libros de comercio.
Por su parte, Barrientos fue condenado por lesión de confianza, alteración de datos y sabotaje de sistemas electrónicos en carácter de instigador, debido a que el día de la intervención judicial en APA se manipuló el sistema de circuito cerrado.
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La acusación refiere que los procesados el día de la intervención judicial realizada el 27 de julio de 2016, se apropiaron de las cajas de APA de unos G. 1.600 millones. Testimonios revelaron que sacaron el dinero en mochilas, bolsas e incluso en fajos pegados al cuerpo. Apenas dejaron unas monedas.
Una pericia luego confirmó que el faltante trepó a los G. 20.000 millones, entre 2012 y 2016. La investigación reveló que exdirectivos hurtaron prácticamente la totalidad de los documentos cuando se realizó la intervención, en un intento de ocultar el multimillonario dinero faltante.
Otra irregularidad que quedó demostrada es que durante la gestión de Cosme Alcibiades Roa se destinaron grandes montos de dinero en concepto de ayuda social a gente que no era artista o que ni siquiera era socia de APA y no rindieron cuentas por canón cobrado a artistas internacionales que dieron conciertos en nuestro país.
También se descubrió que el propio Roa se autoasignó, en concepto de ayuda social, 50 millones de guaraníes, un hecho gravísimo y sin ningún tipo de justificación, tal como ponderó la propia jueza Peña, al fundamentar la decisión del colegiado.