¿Beber o no beber alcohol durante las elecciones internas?

A modo de resguardar el orden y la voluntad cívica, todas las elecciones tienen establecidas una serie de prohibiciones durante los comicios, según el artículo 195 del Código Electoral. La más conocida y que genera dudas es el expendio de bebidas alcohólicas.

La prohibición de expendio de bebidas alcohólicas no rige para las elecciones internas simultáneas.Internet
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¿Qué está permitido y qué está prohibido durante la veda electoral? ¿puedo vender o consumir alcohol durante este periodo? ¿A qué sanciones penales estoy expuesto si no cumplo con las normas establecidas? Son preguntas frecuentes cuando se aproximan nuevas elecciones. La duda que corre en boca en boca en víspera de los comicios es si está permitido vender o consumir alcohol.

Según el artículo 195 del Código Electoral, en el día de las elecciones quedan prohibidas ciertas actividades, entre ellas el expendio de bebidas alcohólicas. Esta medida rige solo para el caso de elecciones generales y presidenciales, no así de elecciones internas partidarias, donde el voto no es obligatorio.

Luis Alberto Mauro, Asesor Jurídico del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), indicó que en las elecciones internas partidarias cada partido establece sus reglas de juego. “Quienes organizan y juzgan las elecciones son los organismos electorales de cada partido político. Allí la Justicia Electoral no tiene jurisdicción, solamente si hay diferencias pueden recurrir una vez agotadas las instancias internas”.

Las elecciones internas simultáneas están programadas para este domingo 20 de junio, donde 28 partidos políticos elegirán a sus candidatos oficiales a intendente y junta municipal para las elecciones generales el próximo 10 de octubre. Seis partidos políticos también renovarán a sus autoridades partidarias.

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