Actualmente, los legisladores pueden ser destituidos del cargo por el voto de una mayoría simple (la mitad más uno de los presentes), y con la nueva normativa se busca elevar ese número de votos, así como fijar una cantidad de parlamentarios que deben solicitar la expulsión de un colega, hecho que no está contemplado en la Carta Magna.
Consultado al respecto el jefe de Gabinete de la Presidencia, ministro Hernán Huttemann, confirmó que el plazo para que el Ejecutivo se expida sobre el tema se cumple el 14 de junio y que el proyecto se derivó a los ministerios para que los mismos den su opinión sobre el asunto y luego se emitirá la decisión.
El funcionario consideró posible que la decisión se dé a conocer antes del plazo señalado.
No deja de llamar la atención que el Ejecutivo decida tomarse su tiempo con esta iniciativa, teniendo en cuenta que Abdo Benítez ya vetó totalmente el autoblindaje el 3 de julio de 2019.
Decía el Ejecutivo en aquel entonces que una ley no puede establecer requisitos adicionales no previstos en la Constitución Nacional.
Según dispone el artículo 205 de la Carta Magna, el Ejecutivo tendrá, a partir del momento que reciba del Congreso la comunicación de la ley sancionada, un plazo de 12 días hábiles (lunes a viernes) para promulgar o vetarla. En caso de no pronunciarse dentro de ese plazo, la promulgación es automática.
Con los votos de 32 diputados y de 31 senadores, aprobaron violar la Constitución Nacional para “blindarse” o dificultar cualquier posibilidad de pérdida de investidura parlamentaria.