“Queremos enfatizar que la mencionada resolución (...) en la práctica impone obligaciones extraordinarias para el contribuyente, no previstas al inicio del presente año fiscal. No menos importante es que también tiene visos de retroactividad en su aplicación, lo cual se encuentra expresamente prohibido en el Derecho Tributario”, señala el documento firmado por Ernesto Figueredo, presidente de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios de Paraguay.
Esto en referencia a la resolución por la cual se implementa el registro electrónico de los comprobantes de ventas y compras de ingresos y egresos en el sistema Marangatu.
Según los empresarios “en nuestra interpretación es inoportuna por la difícil coyuntura económica”, además que genera “profunda disconformidad y rechazo”, según el escrito.