El mediodía del viernes último, el juez penal de garantías Raúl Florentín Cueto ordenó el sobreseimiento definitivo del licenciado Alberto Coronel, sobre quien pesaba la imputación de revelación de secretos privados por motivos económicos. La agente fiscal Alejandra Savorgnan solicitó juicio oral y condena penitenciaria.
La audiencia preliminar comenzó el pasado martes, 6 de abril, y se extendió a lo largo de la semana, hasta llegar a la decisión del juez Raúl Florentín Cueto de sobreseimiento definitivo del profesional, por el supuesto delito de revelar datos secretos.
La audiencia preliminar involucra a la empresa norteamericana ADM, cuyos abogados presentaron en el año 2015 la denuncia contra el licenciado Alberto Coronel quién a lo largo de 20 años ocupo cargos ejecutivos en ADM Paraguay, Naviera Chaco y Agrograint. El estudio jurídico Bacchetta representa a la multinacional.
En el año 2013, el licenciado Alberto Coronel se desvinculó de la empresa transnacional y ante la falta de acuerdo económico planteó una acción en el ámbito laboral. Ganó el pleito en dos instancias, pero una sentencia de la Corte Suprema ordenó anular ambos juicios e iniciar un nuevo proceso. La aberrante decisión fue tomada por la Sala Constitucional de la Corte, con la firma de las ministras Myrian Peña y Gladys Bareiro de Módica, y voto en disidencia del ministro Antonio Fretes.
En la sentencia 142 del 27 de marzo de 2019, el ministro Antonio Fretes dejó constancia de lo siguiente: “Como venimos sosteniendo en situaciones similares, se debe tener presente que la interpretación de la ley y su aplicación al caso concreto es materia opinable, reservada únicamente a los magistrados intervinientes en cada causa concreto, que no habilita a abrir la vía de la inconstitucionalidad siempre que los juzgados actúen dentro del margen de discrecionalidad que la ley les otorga”.
Agrega: “Sostener la tesitura contraria implicaría poner en tela de juicio el razonamiento de los magistrados quienes se remiten a las reglas de la “sana crítica” para formar sus convicciones y apoyar sus decisiones”.
El marco jurídico de nuestro país no admite una tercera instancia judicial. Sin embargo, las ministras Gladys Bareiro de Módica y en ese entonces Myrian Peña, cometieron el despropósito de anular dos juicios en instancias inferiores y ordenar la apertura de un nuevo proceso, en el ámbito laboral.
La Sala Constitucional de la Corte violó normas internacionales ratificadas por nuestro país, en materia de combate a la corrupción.
No es el único caso en favor de ADM
Previamente, el 3 de agosto de 2015, la Sala Constitucional de la Corte se expidió también en favor de la transnacional ADM, a través de la sentencia 577, con la firma de los ministros Gladys Bareiro de Módica y Óscar Bajac, con voto en disidencia del ministro Antonio Fretes.
En esa oportunidad, ADM y sus abogados reclamaron una acción de inconstitucionalidad para impedir que el licenciado Alberto Coronel pudiera acceder a información personal sobre su período laboral 2009 – 2011, solicitada a través de una acción preliminar.
La Corte falló en favor de la transnacional y rechazó la solicitud de hacer uso del derecho constitucional de acceder a información. La sentencia 577/15 fue utilizada por el Ministerio Público y el estudio jurídico Bacchetta para acusarlo de revelar secretos económicos; fue imputado sin haber recibido ninguna información, de ningún tipo, porque la misma Corte Suprema impidió el acceso a los datos solicitados.
El vía crucis de Alberto Coronel no termina con el sobreseimiento dictado el viernes pasado: ahora debe enfrentar nuevamente los juicios laborales ganados, anulados nada menos que por la Sala Constitucional de la Corte Suprema.
Pide socorro al Departamento de Justicia de Estados Unidos
En febrero de 2020, Alberto Coronel se presentó ante la Embajada de Estados Unidos y planteó una denuncia contra la firma ADM, en virtud de la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA). El Departamento de Justicia admitió la denuncia y designó al FBI para investigar, así como a un agente fiscal.
La Ley FCPA faculta al Departamento de Justicia a investigar a empresas norteamericanas en el extranjero cuando existen sospechas de corrupción, como es el caso de ADM en Paraguay.
Se confirmó que en las próximas semanas llegarán a Asunción cuatro agentes del FBI para continuar las investigaciones ya iniciadas en Estados Unidos.
Resulta vergonzoso que la justicia de Estados Unidos deba recordar a Paraguay la necesidad de combatir actos de corrupción. Y ahora tenemos al FBI con la mirada puesta en la Sala Constitucional de la Corte Suprema, ante una posible complicidad en favor de la empresa transnacional.