El 27 de octubre del año pasado fue la última vez que se intentó realizar la audiencia preliminar del caso. La diligencia se suspendió, por quinta ocasión, a pedido de la abogada Fátima Alonso, defensora del oficial Guido Amarilla, quien argumentó que tenía un juicio oral en la ciudad de Luque. También el fiscal Giovanni Grisetti –designado tras la recusación a la fiscala del caso– pidió la suspensión de la audiencia porque coincidía con otro juicio oral por homicidio.
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La acusación presentada el martes 2 de abril de 2018 por los entonces agentes fiscales Teresa Rojas, Hernán Galeano, Marlene González y Clara Ruiz Díaz señala que en la investigación “quedó acreditado que Florentín ingresó a la sede del PLRA tras una persecución realizada por agentes de la Policía Nacional (entre la noche del 31 de marzo y madrugada del 1 de abril de 2017) a varios integrantes de una turba que realizaron actos violentos en las inmediaciones del diario ABC Color, quienes al ser perseguidos ingresan a la sede del PLRA”.
Con esta hipótesis, el Ministerio Público justifica el ingreso ilegal y sin orden judicial al local de la nucleación política, con la excusa de la persecución de los manifestantes.
La Fiscalía indica también que, el 5 de abril del 2017, el jefe de la Agrupación de Seguridad de la Policía Nacional (aunque no dice nombre, se trata del comisario Julio Melgarejo) dijo que en los procedimientos del 31 de marzo y 1 de abril, Florentín no estaba al mando de ningún efectivo de mayor rango, pues no podía salir del cuartel (Comandancia de la Policía) por estar con una medida cautelar de arresto domiciliario.
Sin embargo, filmaciones de las cámaras de vigilancia del Congreso Nacional mostraron a Florentín en compañía del comisario Enrique Isasi días antes en el Parlamento. Además, se lo observa en otras filmaciones periodísticas cumpliendo funciones en un pelotón en la Plaza del Congreso.
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En el requerimiento conclusivo, los fiscales también presentaron acusación contra el oficial Guido Armando Amarilla Vera (37), jefe del grupo y escopetero de la Agrupación Especializada, pero por el hecho punible de coacción grave, y solicitaron el sobreseimiento definitivo del comisario Tomás Paredes Palma, jefe del Departamento de Investigación de Delitos; el suboficial Arnaldo Andrés Báez y el agente Éver Benítez.
Al inicio de la investigación, el 2 de abril de 2017, las fiscalas Raquel Fernández y Lorena Ledesma imputaron a Paredes Palma por inducción a un subordinado a cometer hecho punible y a los suboficiales Báez y Benítez por el hecho punible de coacción.
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¿Quién dio la orden?
Según la hipótesis de la Fiscalía, el único responsable del homicidio doloso de Rodrigo Quintana es el suboficial Gustavo Florentín. Sin embargo, el abogado Guillermo Duarte Cacavelos, representante legal de la familia del joven asesinado, asegura que también deben ser investigados el comisario Críspulo Sotelo, excomandante de la Policía Nacional, y el comisario Amado Cantero, exjefe de la comisaría Tercera de Asunción, por ser el agente de mayor rango que encabezó el avance de los escopeteros hacia el PLRA.
También pide que sean incluidos en la investigación el comisario general Abel Cañete, entonces director de Apoyo Técnico de la Policía y superior directo del comisario Paredes Palma; el expresidente de la República Horacio Cartes Jara y el empresario José Ortiz, mano fuerte del entonces titular del Ejecutivo, quien se comunicó en reiteradas ocasiones con los altos jefes policiales entre la noche del 31 de marzo y madrugada del 1 de abril de 2017.
Duarte Cacavelos considera que “Florentín no actuó por voluntad propia, el Ministerio Público tiene que identificar quién dio la orden a la Policía para atacar el local del PLRA y que el o los responsables también vayan a juicio oral”, según expresó.
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Padres de Rodrigo Quintana, excluidos
El 6 de noviembre de 2020, la jueza penal de garantías Nº 5 de la capital, Hilda Benítez, hizo lugar a la excepción de falta de acción promovida por los abogados Ana Mora de Ramírez y Óscar Fabián Ramírez, en representación de Leticia Redes Mora (querellante) y, en consecuencia, canceló la personería jurídica de Fidelino Quintana Ruiz y Felicia Arrúa de Quintana (padres de Rodrigo Quintana), representados en el proceso penal por los abogados Guillermo Duarte Cacavelos y Claudio Lovera.
Los padres de la víctima eran los más críticos con una investigación que solo llegó a policías de rango medio como responsables del atraco y la muerte del joven activista liberal.
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Una semana después, el 13 de noviembre, el abogado Guillermo Duarte Cacavelos, en representación de los padres de Rodrigo Quintana, presentó apelación contra la decisión de la jueza Hilda Benítez Vallejo.
Hasta la fecha, la Cámara de Apelaciones no puede estudiar el recurso planteado por Duarte Cacavelos debido a las chicanas planteadas por los abogados Óscar Ramírez Mora y Ana Mora de Ramírez, representantes de Leticia Redes (querellante).
El 11 de febrero pasado, Duarte Cacavelos solicitó a la Corte Suprema de Justicia una sanción para los abogados de Redes, alegando que traban el proceso judicial con reiteradas chicanas. “Estos profesionales, en vez de asumir su rol de querellantes adhesivos, han hecho presentaciones dilatorias y absurdas que van de contramano al rol lógico de la posición de parte que supuestamente defienden”, resalta parte del escrito presentado.
Además, Duarte Cacavelos urgió a la máxima instancia judicial que se integre la Sala Penal que debe analizar los recursos planteados por la querella adhesiva, ya que impiden a la Cámara de Apelaciones estudiar la apelación que presentó en contra de la exclusión de los padres de Rodrigo Quintana como querellantes adhesivos.
Condenado
En mayo de 2019, un Tribunal de Sentencia condenó a cuatro años de cárcel al suboficial Jorge Ramírez Bogarín por lesión corporal en el ejercicio de sus funciones públicas.
El uniformado fue quien disparó en el ojo a una mujer que se encontraba en el local del PLRA y que había intentado auxiliar a Rodrigo Quintana al verlo tirado en el piso.