El asesor jurídico de la Presidencia, Hernán Hutteman, informó que presentaron ante el Congreso Nacional un proyecto que plantea modificaciones a la “Ley de uso obligatorio de mascarillas”. Autoridades del Ministerio de Salud y el presidente Mario Abdo Benítez mantuvieron una reunión en el Palacio de López.
Entre las modificaciones planteadas se encuentran las especificaciones del uso. Se establece la utilización de forma obligatoria de la mascarilla sanitaria en niños mayores de 10 años y en los buses del transporte público o privado. Así también, en lugares cerrados y abiertos -ya sean públicos o privados- donde haya riesgo de contagio o posible aglomeración.
Se exceptúa del uso de mascarillas sanitarias en caso de que una persona lo tenga contraindicado por motivos de salud. De la misma forma, cuando en el interior de una vivienda y/o vehículo particular se encuentren miembros de un mismo núcleo familiar. Igualmente, cuando se realicen actividades que por la propia naturaleza resulten incompatibles con la utilización.
Las sanciones ante una infracción de la “Ley del uso obligatorio de mascarillas” son el trabajo comunitario durante 30 días y la multa de entre 5 y 200 jornales mínimos. Asimismo, el cierre temporal del local por 10 días y, en caso de reincidencia, una clausura definitiva o suspensión de la actividad.
Hutteman aclaró que las multas por infracción van de entre 5 a 20 jornales mínimos para ciudadanos, mientras que de 5 a 200 se exponen los propietarios de líneas de transporte público que admitan pasajeros sin mascarillas. En caso de reincidencia, la sanción será duplicada, respecto a la anterior.
Los recursos que se generarán tras la aplicación de las multas serán destinados a la financiación de la emergencia sanitaria por la pandemia de COVID-19.
Otro de los puntos que se establecen es que, en caso de constatarse una infracción, la Policía Nacional debe actuar de oficio y, posteriormente, remitir el acta y evidencias al juez penal de Adolescencia. Así también, esta institución debe recepcionar las denuncias a través del sistema 911.
Los organismos encargados de aplicar las sanciones son el juez penal de Adolescencia y las municipalidades en caso de infracción ciudadana y de locales comerciales, respectivamente. Por su parte, ante la irregularidad en el transporte público son competentes el Viceministerio de Transporte y la Dirección Nacional de Transporte (Dinatran), que debe realizar controles junto a la Policía.
En el proyecto de ley también se prevé que la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN) compre y posteriormente entregue mascarillas a los grupos vulnerables de la sociedad.
El director de Vigilancia de la Salud, Guillermo Sequera -quien participó de la reunión con el Presidente- destacó la importancia del uso obligatorio de la mascarilla sanitaria. Respecto a la ley, reconoció su utilidad.
“Cada vez tenemos más evidencia de que los países que mejor utilizan el tapabocas (mascarilla), como son los asiáticos, son los que pueden controlar mejor la epidemia. La propagación de la enfermedad se reduce su fuerza en un 50%, cuando se utiliza correctamente de manera poblacional y universal”, sostuvo.
El director de Vigilancia de la Salud, señaló que hay evidencias científicas que revelan que algunos contagios son de menor gravedad, cuando se utiliza correctamente la mascarilla.
Por otra parte, Sequera manifestó que hay estudios que expresan que la ventilación suele tener mayor impacto que la limpieza exhaustiva. Asimismo, explicó que son considerados ambientes cerrados los que cuentan con al menos un techo y una pared.
“Obviamente hay que limpiar una vez al día, pero tenemos que estar mucho más pendiente de la buena ventilación de los entornos en el que estamos. Con eso se controla mucho mejor los contagios que pueden haber”, indicó.
En conclusión, Sequera subrayó que el uso de mascarillas no es una práctica “egoísta”. “Cuando uno está usando, está cuidando mucho más a los demás, que a uno mimso”, expresó.