El proyecto de ley obtuvo media sanción en la Cámara de Alta el pasado 11 de junio pero fue rechazado por los Diputados en sesión del 16 de setiembre de 2020. En una segunda vuelta, los senadores se ratificaron en su versión original, por lo que normativa volverá a ser tratada en la Cámara Baja.
Dicho documento fue impulsado por el senador liberal Abel González, quien señaló que el proyecto tiene como objeto “establecer medidas de protección que eviten la exposición al peligro y daño de los cuales son víctimas los niños, niñas y adolescentes como consecuencias del uso y manipulación de pirotecnia y explosivos, garantizando el ejercicio de sus derechos fundamentales a la vida, la integridad física y la salud”.
Conforme se plantea en el proyecto de ley quedará prohibida la venta formal e informal de pirotecnia en cualquier forma así como su manipulación por parte de los niños, niñas y adolescentes.
Además, establecen sanciones para los infractores. Multas de G. 1.680.000 por la primera falta y en caso de reincidencia, la clausura temporal o definitiva del establecimiento.
También se determina que las autoridades que se encargarán de la aplicación de la ley serán los ministerios de Industria y Comercio (MIC) y de la Niñez y la Adolescencia (MINNA).
El destino de las multas cobradas serán un 20% para el MIC, 50% al MINNA y lo restante 30% a la municipalidad donde se haya cometido la infracción.
Se dispone también poner carteles en lugares visibles de los comercios que venden pirotecnia que avisen de la prohibición de la venta.
Nota relacionada: Quemaduras por petardos en niños se notificarán a la Fiscalía