La adenda incorpora principalmente reasignaciones de recursos estimados en el proyecto original, realizadas en base a las solicitudes presentadas por los distintos Organismos y Entidades del Estado (OEE). Desde la cartera fiscal aseguran que las modificaciones planteadas al PGN 2021 se enmarcan dentro de las reglas establecidas en la Ley de Responsabilidad Fiscal (LRF), referentes a los niveles máximos de déficit y de crecimiento de los gastos corrientes. Se contemplan modificaciones en el anexo de personal en las Secretarías de la Presidencia de la República: Repatriados y Refugiados Connacionales, Función Pública, Cultura y en los Ministerios del Interior, Defensa Nacional Industria y Comercio, y del Ambiente y Desarrollo Sostenible, que serán financiados con la supresión de cargos vacantes, de acuerdo con la explicación de Hacienda.
También se prevé la adecuación en “jornales” y “honorarios profesionales” en el Ministerio de Desarrollo Social, los mismos son financiados con la disminución de créditos para pago por servicios bancarios.
En lo que respecta al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, se hizo una reprogramación de créditos presupuestarios del proyecto “Equipamiento contención y apoyo a los servicios de salud”, a fin de la incorporación del proyecto “Construcción, fortalecimiento de atención primaria en salud” que cuenta con financiamiento del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF).
También se prevé una reprogramación para el Ministerio de Agricultura y Ganadería, con incremento para bonificaciones, contratación de personal técnico, jornales, honorarios profesionales, para la contratación de profesionales y técnicos de campo, que serán financiados con la disminución de los gastos destinados para “remuneración extraordinaria”, "mantenimiento y reparaciones menores de equipos de transporte, servicios de limpieza, aseo y fumigación, alquiler de edificios y locales, consultorías, asesorías e investigación, servicios técnicos y profesionales varios, servicios de seguro médico y servicios de vigilancia.
También contemplan modificaciones al anexo de personal en las entidades descentralizadas: Instituto Forestal Nacional (Infona), para creación de (6) cargos, que se financian con la supresión de otros cargos vacantes; y en el Banco Nacional de Fomento (BNF) se realizó una transferencia de créditos y modificación del anexo del personal financiado con recursos institucionales, que incluye la creación de 3 (tres) cargos.
Viviendas para pueblos originarios
Finalmente, la adenda incluye en el presupuesto del Ministerio de Urbanismo, Vivienda y Hábitat (MUVH) el proyecto "Construcción de 1.000 soluciones habitacionales para pueblos originarios, que contará con financiamiento de la donación de la República de China, lo que sí implica un aumento del Presupuesto presentado. El monto adicional incorporado al anteproyecto de Presupuesto es de G. 60.268 millones, con lo que el Presupuesto total alcanza el monto de G. 85,79 billones. El monto adicional es financiado con recursos de la donación de la República de China.
Nuevos articulados
Asimismo, se incorporan artículos al proyecto de Ley “Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2021”, entre los que podemos mencionar:
La inclusión de un nuevo artículo, debido a que en el marco de la mejora de la calidad del gasto se solicitó a la Secretaría Nacional de Cultura (SNC) la desagregación de los gastos realizados por la Orquesta Sinfónica Nacional (OSN) con los recursos que le son transferidos, los que deben estar debidamente cuantificados y fundamentados a fin de poder realizar la trazabilidad de los pagos efectuados y permitir que los mismos puedan ser imputados en los objetos del gasto correspondientes, ya que actualmente todos los gastos son incluidos en un único rubro (842 “Aportes a Entidades Educativas e Instituciones sin Fines de Lucro”).
Igualmente, se requiere la modificación del Artículo 27 del proyecto de Ley, que permitirá al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social programar por Decreto los saldos provenientes del financiamiento autorizado por el Articulo 33 de la Ley Nº 6524/2020 “Que declara Estado de Emergencia en todo el Territorio de la República del Paraguay ante la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud a causa del Covid-19 o Coronavirus y se establecen medidas administrativas, fiscales y financieras”, tanto los provenientes de la colocación de Bonos como de los préstamos aprobados en el marco del mencionado Artículo, los cuales serán asignados prioritariamente al financiamiento de los fines establecidos en la Ley de Emergencia.